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Noticias: Bienvenidos al foro de la Asociación de Descendientes del Exilio español sobre nacionalidad.
Nos permitirá a todos los interesados compartir información, dudas y respuestas sobre la aplicación de los contenidos de la Instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre el derecho de opción a la nacionalidad española para los hijos/as de españoles y nietos del exilio.
Ludivina García Arias.
 
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Autor Tema: Le serment de fidélité au roi d'Espagne !!  (Leído 2339 veces)
refugacho
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« Respuesta #15 : Enero 09, 2009, 08:51:57 »

La Gaceta.es

http://www.gaceta.es/08-01-2009+herederos_una_espana_inexistente,noticia,3,3,43488

Los herederos de una España inexistente
Opiniones (4)
Este país, miren por dónde los señores descendientes, no es ya el de sus abuelos.
Xavier Reyes Matheus
Entre las personas beneficiadas por la Ley de Memoria Histórica para reivindicar la nacionalidad española hay un grupo constituido en Asociación de Descendientes del Exilio que está reclamando al Defensor del Pueblo no tener que jurar fidelidad al Rey, como prescribe el Código Civil para el procedimiento de naturalización. Esto, según, porque los antepasados de los tales eran republicanos y porque, además, la obligación del juramento es una “coacción ideológica”.
 Gráfico ejemplo de cómo se manifiesta el utopismo revolucionario, combinando los dos elementos básicos de que está hecho: por un lado, una capacidad asombrosa para interpretar la realidad como le venga en gana, sin importarle en absoluto que todo cuanto existe contradiga sus tesis; y, por el otro, una cara dura a prueba de bombas para que semejante contradicción no le impida postular los mayores disparates con la autoridad de quien guarda las más profundas verdades.
 Porque ahora resulta que lo ideológico no es lo que ellos piensan del Gobierno de España, sino el régimen monárquico que lleva 33  años instalado en este país. Este país que, miren por dónde los señores descendientes, no es ya el de sus abuelos, y ni siquiera el que sustituyó al de sus abuelos. Bien hubieran podido preguntárselo a los que pasaron de aquellos tiempos a éstos, y vieron la transformación y el relevo generacional, y se convencieron por sus propios ojos de que era imposible pretender cualquier recuperación del pasado: incluso a los que entonces estuvieron en primera fila, como la Pasionaria o Justino de Azcárate, que se avinieron al nuevo orden entendiendo que éste pertenecía ya a otra época. Pero no: parece que los herederos extrañados de la República se identifican más con la contumacia de un José Bergamín, cuyo empeño en sostener que “mi mundo no es de este reino” acabó llevándolo por los derroteros antisociales de los que siguen viendo a España no como una realidad histórica, sino como un proyecto personal para desquite de sus frustraciones: la izquierda abertzale.
 Deberían tener los señores descendientes siquiera la lucidez de reconocer que la gracia que les otorga la ley, y que a buen seguro ellos querrán aprovechar, adonde les permite inmigrar sin trabas es al país que ha decidido vivir bajo una determinada forma de gobierno —la monarquía parlamentaria—, con la cual se ha construido la sociedad a la que ahora se les invita a incorporarse. Y que lo hagan, norabuena, y contribuyan a seguirla transformando, faltaba más; porque tampoco la España del futuro podrá ser la del presente. Lo que no se puede es aceptar una nacionalidad a título de inventario para ser español no de la España real y actual, sino de una que se reivindica desde el pasado y desde el extranjero.
Xavier Reyes Matheus es escritor.

Comentarios (4)
JOsé Vázquez - 09/01/2009 10:42:05
Menos mal que no es la que era, ¿O mejor podríamos decir la que ha sido? afortunadamente hay una ley que repara, o eso intenta, porque si por reparar fuera, el Estado no podría asumir todos los costes de una reparación total. Por que daño se hizo, físico, psiquico y económico. Quizás devolver la nacionalidad a los que la perdieron sería una medida reparadora justa. Como aquellos exiliados están ya casi todos muertos, ¿Por que no a sus hijos? que al fin y al cabo son su descendencia y legítimos herederos de un patrimonio histórico y cultural. Los exiliados llevaban a sus hijos a centros españoles, conservaban su amor por la patria y defendían la libertad de España. Defendían lo que tenemos hoy, Democracia y Libertad. ¿No tienen derecho los descendientes a que se les reconozca su identidad? Falta ala verdad el que escribe y manipula las palabras, es falso y necio el que a través de un articulo semejante califica de inmigrantes a los descendientes del exilio. Muestra su ignorancia y se posiciona del bando vencedor aquel que ve como una ley que repara, busca la reconciliación de generaciones de españoles nacidos fuera de España. Ningún exiliado exigirá o pedirá que España vuelva a ser la que era, muchos de ellos estamos orgullosos de la capacidad Española de haber superado con inteligencia los vestigios aun vivos de un Franquismo cutre, necio y acomplejado. Sigeun vivos en algunas generaciones de españoles los rencores de un Franco acomplejado por sus fracasos personales. Si se recurre la ley no es por menos preciar al Rey, figura mundialmente conocida y respetada. La pregunta es; si un español que nace en España no tiene que jurar lealtad al Rey y a la corona, por que lo tiene que hacer alguien a quien se le ha naturalizado y ¿No basta con jurar lealtad a la constitución? La España que reivindica el Exilio Español está en España ha vivido y vive en España, los miles de almas que se sienten Españolas que han vivido como tales, que han visitado el país que siguen teniendo familia etc, esos NO tienen por que jurar lealtad al Rey, algo que por cierto, el Sr, Xavier Reyes tampoco ha hecho (a no se que haya hecho el servicio Militar) José Vázquez

09/01/2009 10:16:04
Qué atrevida es la ignorancia, Señor Reyes!

Juan - 09/01/2009 02:56:12

Los que salimos de España en la niñez llevados por nuestros padres y que nos evitaron la horrible posguerra con la cauda de asesinatos y depuraciones y que podíamos desde el exterior, hacíamos lo que estaba en nuestra mano para ayudar en España a los que se jugaban la libertad o la vida en contra de la sangrienta dictadura sin pretender ni necesitar nada mas. Estamos agradecidos a los países que nos acogieron y nos permitieron una vida llena de realizaciones en la libertad, pero nos dolíamos de lo que pasaban nuestros co-generacionales. En nuestro colectivo los mas jóvenes no tuvieron ?la nacionalidad legal? por eso buscamos la reparación histórica. En la actualidad millones de españoles militamos o votamos por partidos republicanos. Eso es todo Juan Antonio de la Cámara DNI 51453649G
Refugacho - 09/01/2009 01:34:33

Pues que verdad tan grande. La España actual evidentemente es producto de la transición. De la transición ?atada y bien atada? de la transición de la traición a derecha e izquierda. De la transición del miedo. De la transición de asesinos sin castigo. ¿Es muy de criticar que los españoles que no pudieron serlo legalmente no traicionen?
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Ludivina Garcia
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« Respuesta #16 : Enero 11, 2009, 01:19:52 »

América

Estados Unidos de América:
I hereby declare, on oath, that I absolutely and entirely renounce and abjure all allegiance and fidelity to any foreign prince, potentate, state or sovereignty, of whom or which I have heretofore been a subject or citizen;
that I will support and defend the Constitution and laws of the United States of America against all enemies, foreign and domestic; that I will bear true faith and allegiance to the same; that I will bear arms on behalf of the United States when required by the law; that I will perform noncombatant service in the armed forces of the United
States when required by the law; that I will perform work of national importance under civilian direction
when required by the law; and that I take this obligation freely without any mental reservation or purpose
of evasion; so help me God.

Así me ayude Dios todopoderoso.
Los nuevos ciudadanos pueden elegir la fórmula con juramento (oath), que incluye las palabras 'under God', o como promesa (affirmation), que las excluye.
No prometen fidelidad al Presidente, renuncian a cualquier juramento de fidelidad a príncipe extranjero, Estado o soberanía, prometen defender la Constitución y las leyes.
http://www.immigrationdirect.com/citizenship_test/citizenship-library-dual.htm
http://bulk.resource.org/courts.gov/c/F2/271/271.F2d.858.15719.html

Hispanoamérica

Argentina
Ley Nº 346 Ciudadanía y naturalización
Art. 13º - La fórmula de juramento exigido por la ley 10.256, será del siguiente tenor: “Juráis por la patria y vuestro honor, respetar fielmente la Constitución de la República y las instituciones por ella consagradas”.

Honduras
Ley de Migración y Extranjería
Decreto N° 208-2003 La Gaceta, 3 marzo del 2004
ARTÍCULO 64. RENUNCIA Y ADHESIÓN.
En la solicitud el interesado deberá renunciar a toda sumisión, obediencia y fidelidad a otro Estado y Gobierno, lo mismo que a toda protección extranjera y a todo derecho que los tratados vigentes conceden a los extranjeros y hará, además, promesa de adhesión y fidelidad al Estado de Honduras, y obediencia a las leyes y autoridades hondureñas.

México:
Ley de Nacionalidad. Última reforma publicada DOF 12-01-2005
Artículo 16.- Los mexicanos por nacimiento a los que otro Estado considere como sus nacionales, deberán presentar el certificado de nacionalidad mexicana, cuando pretendan acceder al ejercicio de algún cargo o función para el que se requiera ser mexicano por nacimiento y que no adquieran otra nacionalidad. Al efecto, las autoridades correspondientes deberán exigir a los interesados la presentación de dicho certificado.
 En el caso de que durante el desempeño del cargo o función adquieran otra nacionalidad, cesarán inmediatamente en sus funciones.
Artículo 17.- Los mexicanos por nacimiento a los que otro Estado considere como sus nacionales, podrán solicitar a la Secretaría el certificado de nacionalidad mexicana, únicamente para los efectos del artículo anterior.
 Para ello, formularán renuncia expresa a la nacionalidad que les sea atribuida, a toda sumisión, obediencia y fidelidad a cualquier Estado extranjero, especialmente de aquél que le atribuya la otra nacionalidad, a toda protección extraña a las leyes y autoridades mexicanas, y a todo derecho que los tratados o convenciones internacionales concedan a los extranjeros. Asimismo, protestarán adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y autoridades mexicanas y se abstendrán de realizar cualquier conducta que implique sumisión a un Estado extranjero.

 El certificado de nacionalidad mexicana se expedirá una vez que el interesado haya cumplido con los requisitos de esta Ley y su reglamento.

Reglamento para la Expedición de Certificados de Nacionalidad Mexicana. D.O.F 18 de octubre de 1972

ARTICULO 3o.- A las personas que conforme a nuestras leyes se les considere mexicanos y al propio tiempo otro Estado les atribuya una nacionalidad extranjera, se les podrá exigir, por cualquier autoridad, la presentación de un certificado de nacionalidad cuando pretendan ejercer derechos que las leyes reservan exclusivamente a los nacionales.

ARTICULO 4o.- Los nacidos en territorio de la República de padre o madre extranjero podrán obtener certificado de nacionalidad mexicana, siempre que comprueben fehacientemente su nacimiento en el país, que son mayores de edad, su identidad a juicio de la Secretaría de Relaciones Exteriores y que hagan las renuncias y protestas a que se refieren los artículos 17 y 18 de la Ley de Nacionalidad citada.

ARTICULO 9o.- La extranjera que haya contraído matrimonio con mexicano, podrá solicitar su certificado de nacionalidad mexicana por naturalización y, para ello, deberá hacer la renuncia a su nacionalidad de origen y su protesta de adhesión a las leyes y autoridades de la República Mexicana, comprobar su residencia legal en el país y la nacionalidad mexicana del esposo.

Puerto Rico
Fórmula de Juramento
Juro solemnemente que mantendré y defenderé la Constitución de los Estados Unidos y la Constitución y las Leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico contra todo enemigo interior o exterior; que prestaré fidelidad y adhesión a las
mismas y que asumo esta obligación libremente y sin reserva mental ni propósito de evadirla; y que desempeñaré bien y fielmente los deberes del cargo o empleo que estoy próximo a ejercer.

Surinam
Law on Nationality and Residence, State Ordinance of 24 November 1975 for the Regulation of the Surinamese Nationality and Residence in Suriname (last amended 1983)

Países del Commonwealth


Canada
Loi sur la citoyenneté au Canada
El artículo 128 de la Ley Constitucional  de 1867 y su 5º anexo establece un juramento de fidelidad a la monarquía para los cargos públicos lo que significa que una alteración o eliminación del mismo requiere una enmienda constitutional.
 Serment d'allégeance
   Je, A.B., jure que je serai fidèle et porterai vraie allégeance à Sa Majesté la Reine Victoria.
   N.B. — Le nom du Roi ou de la Reine du Royaume-Uni de la Grande-Bretagne et d'Irlande, alors régnant, devra être inséré, au besoin, en termes appropriés.

Antes de 1947 los inmigrantes en Canada realizaban un juramento de fidelidad para convertirse en Canadienses, que decía «Je jure que je serai fidèle et que je porterai sincère allégeance à Sa Majesté le Roi George Six, à ses héritiers et à ses successeurs, en conformité de la loi». Desde 1947 a 1977 esas personnes lo hacían para obtener la ciudadanía. El juramento, establecido en la Ley de 1947 de ciudadanía, decía «Je jure que je serai fidèle et que je porterai sincère allégeance à Sa Majesté le Roi George Six (o Su Majestad la Reina Isabel II, desde 1952), à ses héritiers et à ses successeurs, en conformité de la loi, et que j'observerai fidèlement les lois du Canada et remplirai mes devoirs de citoyen canadien». El gobierno liberal de Pierre Trudeau creó una nueva fórmula en 1976, que entró en vigor en 1977 y que agregó claramente que era la reina de Canadá. Canadian Citizenship Act (R.S. 1985),
En 2002 se abrió un debate público. El Comité permanente de la Ciudadanía y la Inmigración de la Cámara de los comunes, después de audiencias propuso el texto siguinte: «Je promets entière allégeance au Canada et à Sa Majesté la Reine Élisabeth Deux, Reine du Canada, et je jure d'observer fidèlement les lois et de m'acquitter de mes devoirs en tant que citoyen».

Se incorporaba el concepto «prometo» (siguiendo la terminología americana) al  «Canadá», dejando a la Reina del Canadá en segundo lugar, y eliminaba las palabras «ses héritiers et ses successeurs conformément à la loi».
Sergio Marchi, ministro de la Ciudadanía y la Inmigración propuso eliminar a la Reina en la nueva declaración de ciudadanía. Encargó a diez intelectuales canadienses proponer un texto que fue «Je suis citoyen du Canada, et je m'engage à soutenir nos lois et libertés, de respecter notre population dans sa diversité, d'oeuvrer en faveur de notre bien-être commun et de préserver et d'honorer cette ancienne nation nordique
 
El juramento de la ciudadanía es  el juramento de fidelidad al soberano, la reina Isabel II, como personificación del Estado,  y a las leyes y costumbres del país.
Ver: Loi sur le ministère de la Citoyenneté et de l'Immigration ( 1994, ch. 31 )
http://lois.justice.gc.ca/fr/showdoc/cs/C-29/sc:1/20090122/fr?command=home&caller=SI&search_type=all&shorttitle=Loi%20sur%20la%20citoyennet%C3%A9%20&day=22&month=1&year=2009&search_domain=cs&showall=L&statuteyear=all&lengthannual=50&length=50#anchorsc:1

Dos fórmulas idénticas, jurando, o  afirmando:
1974-75-76, ch. 108, ann.
En vigueur depuis le 17 avr. 2008
Serment de citoyenneté

Je jure fidélité et sincère allégeance à Sa Majesté la Reine Elizabeth Deux, Reine du Canada, à ses héritiers et successeurs et je jure d’observer fidèlement les lois du Canada et de remplir loyalement mes obligations de citoyen canadien.

Affirmation solennelle

J’affirme solennellement que je serai fidèle et porterai sincère allégeance à Sa Majesté la Reine Elizabeth Deux, Reine du Canada, à ses héritiers et successeurs, que j’observerai fidèlement les lois du Canada et que je remplirai loyalement mes obligations de citoyen canadien.

Australia .
Dos fórmulas, juando ante Dios, o  prometiendo:
Pledge of Commitment
No. 1
From this time forward, under God, I pledge my loyalty to Australia and its people, whose democratic beliefs I share, whose rights and liberties I respect, and whose laws I will uphold and obey.
No. 2
From this time forward, I pledge my loyalty to Australia and its people, whose democratic beliefs I share, whose rights and liberties I respect, and whose laws I will uphold and obey.
Entró en efecto effect en Enero 1994.
De ahora en adelante prometo lealtad a Australia y su pueblo, cuyas creencias democráticas comparto, cuyos derechos y libertades respeto, y cuyas leyes apoyaré y obedeceré.

Nueva Zelanda Dos fórmulas, juando o  afirmando:
I .... swear that I will be faithful and bear true allegiance to Her Majesty Queen Elizabeth the Second, Queen of New Zealand, Her heirs and successors according to the law, and that I will faithfully observe the laws of New Zealand and fulfil my duties as a New Zealand citizen. So help me God.

I ....  solemnly and sincerely affirm that I will be faithful and bear true allegiance to Her Majesty Queen Elizabeth the Second, Queen of New Zealand, Her heirs and successors according to the law, and that I will faithfully observe the laws of New Zealand and fulfil my duties as a New Zealand citizen.


África

Angola
Law No. 13/1991 of 11 May 1991, Nationality Law .  11 May 1991

Africa del Sur
I ..., do hereby solemnly declare that I will be loyal to the Republic of South Africa, promote all that will advance it and oppose all that may harm it, uphold and respect its Constitution and commit myself to the furtherance of the ideals and principles contained therein.
Declaro solemnemente que seré leal a la República de África del Sur, promover todo lo que la haga avanzar y oponerme a todo lo que le dañe, sostener y respetar su Constitución y me comprometo con el desarrollo de sus ideales y sus contenidos.

Argelia
Law No. 1970-86, 15 December 1970, Nationality Law.  18 December 1970

Camerún
Law No. 1968-LF-3 of the 11th June 1968 to set up the Cameroon Nationality Code [Cameroon]. 1968-LF-3. 15 July 1968

Costa de Marfil
Act No. 1961-415 of 14 December 1961 promulgating the Ivory Coast Nationality Code, as amended by Act No. 1972-852 of 21 December 1972

Eritrea
Eritrean Nationality Proclamation (No. 21/1992).  6 April 1992.
4. Nationality by Naturalization (1952 and after)
- 3    A person shall be granted Eritrean Nationality by Naturalization and given a certificate of nationality pursuant to sub-article 2 of this article only after he signs the oath of allegiance attached to, and is part of, this Proclamation before the Secretary of Internal Affairs or any other official designated by him.Eritrean nationality granted pursuant to article 4 of this Proclamation shall be proclaimed in the Gazette of Eritrean Laws.
6. Nationality by Marriage
- c  signs an oath of allegiance pursuant to article 4(3).
Oath of Allegiance
Place _______ .Date _________.
I _________ Solemnly pledge full faith in the State of Eritrea and declare that I shall respect the laws of Eritrea and fulfill all my duties as an Eritrean national.
Signature _______.

Malawi
Citizenship Act  [Malawi].   1966.
(6)Where an Oath of Allegiance is required to be taken under this Act, any person may, instead of taking the oath, make a solemn Affirmation in the form of the oath hereby appointed, substituting the words "solemnly, sincerely and truly declare and affirm" for the word "swear", and omitting the words "so help me God".

Mozambique
Decree No. 3/1975 - Regulations Implementing the Nationality Act .  16 August 1975,

Nigeria
Immigration and Refugee Board of Canada, Niger : Lois sur la citoyenneté, information sur les procédures à suivre pour l'obtenir; possibilité de double citoyenneté et documents nécessaires; motifs pour retirer à quelqu'un sa citoyenneté, 18 April 2007.

Rwanda
Law of 28 September 1963. Organic Law N° 29/2004 of 03/12/2004 on Rwandan Nationality Code. 29/2004. 3 December 2004

Asia

Camboya
Monarquía
Loi sur la Nationalité du Royaume du Cambodge. 9 October 1996.
Article 17:
Tout personne ayant obtenu la naturalisation doit prêter serment devant la Cour Suprême. Le contenu de ce serment est précisé par un sous-décret.

Emiratos Arabes Unidos
Federal Law No. 17 for 1972 Concerning Nationality, Passports and Amendments Thereof

Filipinas
Oath of Allegiance

“I,________________, solemnly swear that I will support and defend the Constitution of the Republic of the Philippines and obey the laws and local orders promulgated by the duly constituted authorities of the Philippines, and I hereby declare that I recognise and accept the supreme authority of the Philippines and will maintain true faith and allegiance thereto, and that I impose this obligation upon myself voluntarily without mental reservation or purpose of evasion.”

Korea
Law No. 16, Nationality Act (last amended 2004) [Republic of Korea]. 16. 20 December 1948,

Kuwait
Nationality Law, 1959. Decree Law No. 40/1987, Decree No. 1/1982, Statute No. 1/1982, Decree Law No. 100/1980, and Statute No. 30/1970.
Article 4
Kuwaiti nationality may be granted by Decree upon the recommendation of the Minister of the Interior to any person of full age satisfying the following conditions:
5.   that he be an original Muslim by birth, or that he has converted to Islam according to the prescribed rules and procedures and that a period of at least 5 years has passed since he embraced Islam before the grant of naturalization. Nationality thus acquired is ipso facto lost and the Decree of naturalization rendered void ab initio if the naturalized person expressly renounces Islam or if he behaves in such a manner as clearly indicates his intention to abandon Islam. In any such case, the nationality of any dependant of the apostate who had acquired it upon the naturalization of the apostate is also rendered void.

Indonesia
La Loi de la Republique d'Indonesie  Nº 12 de 2006 sur la nationalité
Article 16
Le serment ou la promesse de fidélité prévue par l’Article 14 sous article (1) est prononcée par le demandeur dont le contenu est le suivant:
Par la grâce de Dieu Tout Puissant , j’assermente abandonner toute ma fidélité au pouvoir étranger , je reconnais, respecte et exprime ma fidélité à l’Etat de la République d’Indonésie, Pancasila et la Constitution de 1945 et je le défendrai fermement et j’exercerai toutes les obligations chargées par l’Etat sur moi comme citoyen sincère et dévoué.
Le demandeur peut prononcer la promesse de fidélité comme ce qui suit:
Je promets d’abandonner toute ma fidélité au pouvoir étranger , je reconnais, respecte et exprime ma fidélité à l’Etat de la République d’Indonésie, Pancasila et la Constitution de 1945 et je le défendrai fermement et j’exercerai toutes les obligations chargées par l’Etat sur moi comme citoyen sincère et dévoué.

Iraq
Law No. (46) of 1963 - Iraqi Nationality
4. The President of the Republic, according to a proposition of the Minister, may approve the naturalization of an alien, who has attained majority, provided that:
5. Each Arab national or an alien granted the Iraqi Nationality according to items (1,2,3,4,) of this article, shall take the oath of loyalty to the Republic of Iraq, as stated in this item, before the Director General, within three months from the date of issuing an agreement to grant him the Iraqi Nationality; the person shall be deemed to be an Iraq National from the date of taking the oath:

(I DO SWEAR BY THE ALMIGHTY GOD, AND THE PURE EARTH, LAND, WATER AND THE SKY OF IRAQ, THAT I WILL PRESERVE IRAQ FROM EVERY ALIEN WHO ENCROACHES IT, OR INTENDS TO ENSLAVE, OCCUPY IT, MAKING A SUBORDINATE, AND WILL PROTECT IT BY ALL MEANS WITH A VIEW TO PEEPING ITS FLAG HIGH NEVER BEEN TOPPED BY ANY OTHER FLAG, AND ITS SOVEREIGNTY LOFTY NEVER BEEN RISEN OVER BY ANY OTHER SOVEREIGNTY, AND GOD IS WITNESS ON MY SAYING).

Israel
Nationality Law, 5712-1952.  14 July 1953. Last amendment included here is the Nationality (Amendment No. 4) Law, 5740-1980. This amendment was passed by the Knesset on the 16 A 5740 (29 July 1980) and published in Safer Ha-Chukkim No. 984 of 6 Elul, 5740 (18 August 1980), p. 222. This amendment entered into force on 18 November 1980, except Section 15(b) which came into force on 18 September 1982. In this text, oleh and aliya mean an immigrant, and immigration, under the Law of Return, 5710-1950. This Law was amended in 1988 and 1996.

5. Naturalisation
(a)A person of full age, not being an Israel national, may obtain Israel nationality by naturalization if:
(c)Prior to the grant of nationality, the applicant shall make the following declaration: "I declare that I will be loyal national of the State of Israel".

Japón
Es una monarquía
Law No. 147 of 1950, Nationality Law (last amended 1993)
Article 5.
The Minister of Justice shall not permit the naturalization of an alien unless he or she fulfills all of the following conditions:
(...)
(6) that he or she has never plotted or advocated, or formed or belonged to a political party or other organization which has plotted or advocated the overthrow of the Constitution of Japan or the Government existing thereunder, since the enforcement of the Constitution of Japan.

Malasia
Constitución
No person of or over the age of eighteen years shall be registered as a citizen under this Constitution until he has taken the oath set out in the First Schedule.

Syria
Nationality Act.  24 November 1969,

Saudi Arabia
Saudi Arabian Nationality Regulations [Saudi Arabia]. 1374 H. 23 September 1954,

Tailandia
Monarquía
Nationality Act (B.E. 2508)  [Thailand].  21 July 1965.

Viet Nam
Nationality Law.  15 July 1988

Yemen
Law No. 6 of 1990 on Yemeni Nationality. Republican Decree No. 3 of 1994, Executive Regulation of Law No. 6 of 1990 Concerning the Yemeni Nationality
« Última modificación: Enero 22, 2009, 05:31:51 por Ludivina Garcia » En línea
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 Gráfico ejemplo de cómo se manifiesta el utopismo revolucionario, combinando los dos elementos básicos de que está hecho: por un lado, una capacidad asombrosa para interpretar la realidad como le venga en gana, sin importarle en absoluto que todo cuanto existe contradiga sus tesis; y, por el otro, una cara dura a prueba de bombas para que semejante contradicción no le impida postular los mayores disparates con la autoridad de quien guarda las más profundas verdades.
 Porque ahora resulta que lo ideológico no es lo que ellos piensan del Gobierno de España, sino el régimen monárquico que lleva 33  años instalado en este país. Este país que, miren por dónde los señores descendientes, no es ya el de sus abuelos, y ni siquiera el que sustituyó al de sus abuelos. Bien hubieran podido preguntárselo a los que pasaron de aquellos tiempos a éstos, y vieron la transformación y el relevo generacional, y se convencieron por sus propios ojos de que era imposible pretender cualquier recuperación del pasado: incluso a los que entonces estuvieron en primera fila, como la Pasionaria o Justino de Azcárate, que se avinieron al nuevo orden entendiendo que éste pertenecía ya a otra época. Pero no: parece que los herederos extrañados de la República se identifican más con la contumacia de un José Bergamín, cuyo empeño en sostener que “mi mundo no es de este reino” acabó llevándolo por los derroteros antisociales de los que siguen viendo a España no como una realidad histórica, sino como un proyecto personal para desquite de sus frustraciones: la izquierda abertzale.
 Deberían tener los señores descendientes siquiera la lucidez de reconocer que la gracia que les otorga la ley, y que a buen seguro ellos querrán aprovechar, adonde les permite inmigrar sin trabas es al país que ha decidido vivir bajo una determinada forma de gobierno —la monarquía parlamentaria—, con la cual se ha construido la sociedad a la que ahora se les invita a incorporarse. Y que lo hagan, norabuena, y contribuyan a seguirla transformando, faltaba más; porque tampoco la España del futuro podrá ser la del presente. Lo que no se puede es aceptar una nacionalidad a título de inventario para ser español no de la España real y actual, sino de una que se reivindica desde el pasado y desde el extranjero.
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JOsé Vázquez - 09/01/2009 10:42:05
Menos mal que no es la que era, ¿O mejor podríamos decir la que ha sido? afortunadamente hay una ley que repara, o eso intenta, porque si por reparar fuera, el Estado no podría asumir todos los costes de una reparación total. Por que daño se hizo, físico, psiquico y económico. Quizás devolver la nacionalidad a los que la perdieron sería una medida reparadora justa. Como aquellos exiliados están ya casi todos muertos, ¿Por que no a sus hijos? que al fin y al cabo son su descendencia y legítimos herederos de un patrimonio histórico y cultural. Los exiliados llevaban a sus hijos a centros españoles, conservaban su amor por la patria y defendían la libertad de España. Defendían lo que tenemos hoy, Democracia y Libertad. ¿No tienen derecho los descendientes a que se les reconozca su identidad? Falta ala verdad el que escribe y manipula las palabras, es falso y necio el que a través de un articulo semejante califica de inmigrantes a los descendientes del exilio. Muestra su ignorancia y se posiciona del bando vencedor aquel que ve como una ley que repara, busca la reconciliación de generaciones de españoles nacidos fuera de España. Ningún exiliado exigirá o pedirá que España vuelva a ser la que era, muchos de ellos estamos orgullosos de la capacidad Española de haber superado con inteligencia los vestigios aun vivos de un Franquismo cutre, necio y acomplejado. Sigeun vivos en algunas generaciones de españoles los rencores de un Franco acomplejado por sus fracasos personales. Si se recurre la ley no es por menos preciar al Rey, figura mundialmente conocida y respetada. La pregunta es; si un español que nace en España no tiene que jurar lealtad al Rey y a la corona, por que lo tiene que hacer alguien a quien se le ha naturalizado y ¿No basta con jurar lealtad a la constitución? La España que reivindica el Exilio Español está en España ha vivido y vive en España, los miles de almas que se sienten Españolas que han vivido como tales, que han visitado el país que siguen teniendo familia etc, esos NO tienen por que jurar lealtad al Rey, algo que por cierto, el Sr, Xavier Reyes tampoco ha hecho (a no se que haya hecho el servicio Militar) José Vázquez

09/01/2009 10:16:04
Qué atrevida es la ignorancia, Señor Reyes!

Juan - 09/01/2009 02:56:12

Los que salimos de España en la niñez llevados por nuestros padres y que nos evitaron la horrible posguerra con la cauda de asesinatos y depuraciones y que podíamos desde el exterior, hacíamos lo que estaba en nuestra mano para ayudar en España a los que se jugaban la libertad o la vida en contra de la sangrienta dictadura sin pretender ni necesitar nada mas. Estamos agradecidos a los países que nos acogieron y nos permitieron una vida llena de realizaciones en la libertad, pero nos dolíamos de lo que pasaban nuestros co-generacionales. En nuestro colectivo los mas jóvenes no tuvieron ?la nacionalidad legal? por eso buscamos la reparación histórica. En la actualidad millones de españoles militamos o votamos por partidos republicanos. Eso es todo Juan Antonio de la Cámara DNI 51453649G
Refugacho - 09/01/2009 01:34:33

Pues que verdad tan grande. La España actual evidentemente es producto de la transición. De la transición ?atada y bien atada? de la transición de la traición a derecha e izquierda. De la transición del miedo. De la transición de asesinos sin castigo. ¿Es muy de criticar que los españoles que no pudieron serlo legalmente no traicionen?
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« Respuesta #18 : Enero 14, 2009, 09:17:59 »

    
Hungría
Act LV of 1993 on Hungarian Citizenship [Hungary].  1 October 1993
Section 7
(1) Naturalized and repatriated (hereinafter jointly referred to as ‘naturalized’) persons shall have the option to take either a citizenship oath or pledge of allegiance. The naturalized person shall take the oath or pledge of allegiance before the mayor of the district of his/her residence, or, if Subsection (6) or (7) of Section 4 applies, before the mayor or the director of the competent foreign representation of Hungary. If the naturalized person is legally incompetent, the oath or pledge of alligience shall be taken in his/her name by his/her guardian.
(2) The naturalized person shall acquire Hungarian citizenship on the day of the taking of the oath or solemn promise. The fact and date of the oath or solemn promise shall be indicated in the certificate of naturalization.
(3) If a naturalized person died before taking an oath or solemn promise, or got into a condition which prevents him from taking an oath or solemn promise, he shall acquire Hungarian citizenship on the day of the issue of the certificate of naturalization.
(4) Text of the oath of allegiance:
“I, .............................., do solemnly swear that 1 shall consider Hungary my country. I shall be a loyal citizen of the Republic of Hungary, shall honour and observe the Constitution and laws thereof. 1 shall defend my country as far as my strength allows, and shall serve it according to the best of my abilities. So help me God!”
Text of the solemn promise:
“I, .............................., do solemnly promise that 1 shall consider Hungary my country. 1 shall be a loyal citizen of the Republic of Hungary, and shall honour and observe the Constitution and laws thereof. 1 shall defend my country as far as my strength allows, and shall serve it according to the best of my abilities allow.”(5) The oath of allegiance and the solemn promise of allegiance are of equal value.


Rumanía
Jur s? fiu devotat patriei ?i poporului român, s? ap?r drepturile ?i interesele na?ionale, s? respect Constitu?ia ?i legile României
Prometo lealtad a mi país y al pueblo Rumano, defender los derechos e intereses de la nación, respetar la Constitución y las leyes de Rumanía
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« Respuesta #19 : Enero 17, 2009, 07:08:38 »

Señala el Diccionario de la Real Academia que el significado de la palabra jurar es, entre sus distintas acepciones: 1. Afirmar o negar algo poniendo por testigo a Dios, o en sí mismo o en sus criaturas. 2. Reconocer solemnemente, y con juramento de fidelidad y obediencia, la soberanía de un príncipe. 3. Someterse solemnemente y con igual juramento a los preceptos constitucionales de un país, estatutos de las órdenes religiosas, graves deberes de determinados cargos, etcétera. Y en cuanto a la palabra prometer: 1. Obligarse a hacer, decir o dar algo. 2. Asegurar la certeza de lo que dice.

Según el Derecho consuetudinario, el  único juramento que las personas deben realizar es el de decir la verdad delante de un tribunal. Tradicionalmente era el monarca en persona quien durante la ceremonia de coronación juraba gobernar bien al pueblo. Su origen,  que aparece en los coronamientos de los reyes francos y anglo-sajones, se remonta a la voluntad de la Iglesia de garantizar que el Rey defendería la fe ortodoxa católica, los derechos de la Iglesia, haría justicia y preservaría la paz entre su pueblo. La costumbre continuó durante la Edad Media y la Edad Moderna. Las monarquías protestantes incorporaron la promesa de defender la religion protestante.

Se trata de una figura jurídica obsoleta. En la actualidad, la mayor parte de las repúblicas exigen  prometer o jurar la Constitución, como ley fundamental. Sólo España, Taïlandia, el Reino Unido y varios de los países del Commonwealth, salvo Australia, obligan a jurar o prometer fidelidad al Rey. Algunos países no exigen ni promesa ni juramento. La fórmula promisoria de fidelidad contenida sólo existe en el Código Civil español y no se refiere al Jefe de Estado constitucional sino a una figura personal, el Rey. Los diputados del Congreso de los Diputados y el Senado sólo juran o prometen defender la Constitución e incluso varias sentencias del Tribunal Constitucional han admitido la posibilidad de no hacerlo, en base al principio de libertad de pensamiento. En la actualidad 22 miembros de la Camára de los Comunes del Reino Unido, encabezados por el demócrata liberal, Norman Baker, y el consevador Peter Bottomley, quienes aun siendo monárquicos, presentaron una moción para modificar el juramento a la reina. Una moción similiar en 14 Nov 2000 fue rechazada por 147 (121 tories) contra 128 votos (108 socialistas).

La Asociación de Descendientes del Exilio español afirma que una promesa o juramento público es un compromiso solemne y sus términos deben ser lealmente cumplidos. No se trata de declaraciones vagas de buena voluntad. Se debe pensar en general que las personas no se toman estos asuntos a la ligera y que se estiman ligados a un juramentos o declaraciones de este tipo.  El respeto de una promesa es esencialmente una cuestión de valores morales. En la doctrina católica, por ejemplo, su incumplimiento es  considerada nada menos que una violación al segundo mandamiento de la ley divina. Pero, en la ley civil, son compromisos legalmente obligatorios y se prevén penas para aquellos que no las respetan. En general, la violación de un juramento o de una promesa implica sanciones. Un testigo delante de un Tribunal puede ser acusado de perjuro. En un parlamento, el legislador  puede ser sancionado por la Asamblea legislativa y en los casos más graves ser expulsado. 
 
Por eso las fórmulas juramentales o promisoras deben ser precisas y limitadas. La ley debe ser clara y objectiva.

Sin embargo, se trata fundamentalmen de un asunto de conciencia.
 
La Constitución española garantiza la libertad de pensamiento, creencias, opinión y expresión y garantiza los derechos del individuo a tener ideas morales propias, sobre lo que es correcto o equivocado. Protege a los individuos de la obligación de realizar afirmaciones contrarias a sus opiniones y creencias personales.
Vulnera asimismo la libertad de asociación puesto que impediría, en sentido estricto, a quienes firman, unirse posteriormente a asociaciones republicanas o participar en reuniones o manifestaciones de tipo republicano.
La fórmula juramental, tal como está redactada en el CC, obliga a quien solicita la nacionalidad a expresar fidelidad a la monarquía y le vincula en adelante a ese compromiso impidiéndole jurídicamente expresar o defender, en su caso, ideas republicanas. El juramento de fidelidad al Rey, se hace a una persona, privilegiada por el nacimiento, que es Jefe de Estado, pero no el Estado en si mismo, y puede atentar contra el compromiso hacia los valores de igualdad de las personas.
Adicionalmente, la formula juramental obliga al solicitante, por imperativo legal, a elegir entre seguir siendo fiel a sus creeencias espirituales o, de manera cínica o hipócrita a jurar la fidelidad al rey simplemente para acceder a la nacionalidad española, de la que se vio privado justamente por causas políticas, como consecuencia de una rebelión militar contra un gobierno republicano elegido democráticamente.
La Constitución garantiza la igualdad entre los españoles y sin embargo, y mientras que a los nacidos en España no se les exige legalmente un juramento similar para poder ejercer plenamente sus derechos políticos sí se obliga, en el Código Civil, a quienes optan a la nacionalidad. 
« Última modificación: Enero 19, 2009, 03:34:31 por Ludivina Garcia » En línea
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« Respuesta #20 : Enero 19, 2009, 03:10:28 »

Monarquía. Siglo XIX
Real Decreto de 24 julio 1889, que dispone la publicación del. Código Civil:

Art. 25: Para que los extranjeros que hayan obtenido carta de naturaleza o ganado vecindad en cualquier pueblo de la Monarquía gocen de la nacionalidad española, han de renunciar previamente a su nacionalidad anterior, jurar la Constitución de la Monarquía é inscribirse como españoles en el Registro Civil.

Dictadura franquista
FUERO DE LOS ESPAÑOLES de 17 de julio de 1945, modificado por la Ley Orgánica del Estado de 10 de enero de 1967(aprobado por Decreto 779/1967, de 20 de abril. BOE nº 95 de 21 de abril).
Articulo segundo: Todos los órganos y autoridades vendrán obligados a su más estricta observancia. El juramento que se exige para ser investido de cargos públicos habrá de referirse al texto de estos Principios fundamentales.

Código Civil de 1954:
Artículo 18.- Pueden adquirir la nacionalidad a virtud de opción:
(...)
segundo: Los nacidos fuera de españa de padre o madre que originariamente hubieran sido españoles.
(...)
Para que la declaración de opción produzca efectos será preciso que se cumplan los requisitos expresados en el último párrafo del artículo diecinueve.
Art. 19 : También podrá adquirise la nacionalidad española mediante la obtención de carta de naturaleza, otorgable discrecionalmente por el Jefe del Estado, cuando en el peticionario concurran circunstancias excepcionales, o por la residencia en territorio español durante el tiempo estaablecido en el artículo siguiente.
En uno y otro caso, el que pretenda adquirir la nacionalidad española habrá de tener veintíún años cumplidos o dieciocho y hallarse emancipado(...)
Son requisitos comunes a ambas formas de adquirir la nacionalidad: Primero, la renuncia previa a la nacionalidad anterior; segundo, prestar juramento de fidelidad al jefe del Estado y de obediencia a las leyes; tercero, inscribirse como español en el Registro del estado Civil.

Decreto de 10 de agosto de 1963, por el que aprueba la fórmula de juramento para la toma de posesión de cargos o funciones públicas.
Juro servir a España con absoluta lealtad al jefe del Estado, estricta fidelidad a los principios básicos del Movimiento Nacional y demás Leyes fundamentales del Reino, poniendo el máximo celo y voluntad en el cumplimiento de las obligaciones del cargo... para el que he sido nombrado."

Democracia
Real Decreto 1557/1977, de 4 de Julio, por el se modifica la fórmula del juramento exigido para tomar posesión de cargos o funciones públicas.

Art. 1. 1. En el acto de toma de posesión de cargos o funciones públicas en la Administración pública, quien haya de dar posesión formulará al designado la siguiente pregunta:
(¿Jurais o prometeis por vuestra conciencia y honor cumplir fielmente las obligaciones del cargo de .... con lealtad al Rey, respeto a los derechos de la persona y estricta observancia de la Ley ?
Esta pregunta será contestadad por quien haya de tomar posesión con una simple afirmativa.
2. La fórmula anterior podrá ser sustituída por el juramento o promesa prestado personalmente por quien va a tomar posesión, de cumplir fielmente las obligaciones del cargo  con lealtad al Rey, respeto a los derechos de la persona y estricta observancia de la Ley

Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la formula de juramento en cargos y funciones públicas.

jurais o prometeis por vuestra conciencia y honor cumplir fielmente las obligaciones del cargo... Con lealtad al Rey, guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado?

Ley 51/1982 de 13 de julio, de modificación de los artículos 17 al 26 del Código Civil. vigente hasta el  6 de enero de 1991
Art. 20. La declaración de opción se hará ante el encargado del Registro Civil del domicilio del interesado. Si residiera fuera de España, podrá hacer la declaración ante el Registro consular correspondiente o mediante documento debidamente autenticado y dirigido al Ministerio de Asuntos Exteriores.
Son requisitos de esta adquisición por opción: La declaración de renuncia a la nacionalidad anterior, el juramento o promesa de fidelidad al Rey y de obediencia a la Constitución y a las Leyes, y la inscripción como español en el Registro Civil

La Ley 18/1990, de 17 de Diciembre, sobre reforma del Código Civil en materia de nacionalidad («BOE» núm. 301, de 17 de diciembre de 1990)
Artículo 23
Son requisitos comunes para la validez de la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia:
a) Que el mayor de catorce años, y capaz para prestar una declaración por sí, jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes.
b) Que la misma persona declare que renuncia a su anterior nacionalidad. Quedan a salvo de este requisito los naturales de países mencionados en el apartado 2 del artículo 24.
c) Que la adquisición se inscriba en el Registro Civil español.

Ley 29/1995, de 2 de noviembre por la que se modifica el artículo 26 código civil en materia de recuperación de la nacionalidad
No incluye porque no modifica el art. 23.

Ley 36/2002, de 8 de octubre, de modificación del Código Civil en materia de nacionalidad. (BOE núm. 242, de 9-10-2002
Artículo 23.
Son requisitos comunes para la validez de la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia:
a) Que el mayor de catorce años y capaz para prestar una declaración por sí jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.
b) Que la misma persona declare que renuncia a su anterior nacionalidad. Quedan a salvo de este requisito los naturales de países mencionados en el apartado 1 del artículo 24.

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« Respuesta #21 : Enero 22, 2009, 04:03:13 »

G08-p068 - Les serments de citoyenneté et d'allégeance
Soumis par Erich Jacoby-Hawkins le 18 juin 2008 - 2:08pm.
http://www.greenparty.ca/fr/congres/motions/p68

ATTENDU QUE, à l’heure actuelle, le serment de citoyenneté canadienne est essentiellement un serment d’allégeance à la monarchie (la Reine Elizabeth II et ses descendants) et que les valeurs et les lois canadiennes viennent en second lieu;

ATTENDU QUE de nombreux postes de la fonction publique ont pour exigence que les titulaires prêtent un serment d’allégeance similaire à la monarchie;

ATTENDU QUE bon nombre de citoyennes et de citoyens éventuels sont mal à l’aise face à ce serment, tout comme bon nombre de fonctionnaires d’ailleurs;

ATTENDU QUE les deux serments pourraient être modifiés par une simple loi du Parlement, comme l’a fait l’Australie en 1994, ce qui n’entraînerait aucun changement à la Constitution canadienne ou à notre système de gouvernement (même la monarchie conserverait son titre de chef d’état, quoique de nature purement symbolique, puisque les fonctions sont assumées par une gouverneure générale ou un gouverneur général canadien nommé par la première ministre ou le premier ministre élu);

IL EST RÉSOLU QUE le Parti Vert du Canada prône la modification du serment de citoyenneté canadienne et du serment d’allégeance afin qu’ils renvoient à la Constitution canadienne, au gouvernement canadien et aux lois canadiennes, sans qu’aucune référence ne soit faite à la monarchie.

Résolution soumise par Erich Jacoby-Hawkins

Résolution parrainée par Erich Jacoby-Hawkins, Eric Walton, Dan Murray, Roger Benham, John Shavluk, Catharine Johannson, Daryl Vernon, Jay Fitzsimmons, Constantine Kritsonis et Ard Van Leeuwen
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