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Noticias: Bienvenidos al foro de la Asociación de Descendientes del Exilio español sobre nacionalidad.
Nos permitirá a todos los interesados compartir información, dudas y respuestas sobre la aplicación de los contenidos de la Instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre el derecho de opción a la nacionalidad española para los hijos/as de españoles y nietos del exilio.
Ludivina García Arias.
 
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Autor Tema: Tipos de documentos para demostrar el exilio de los abuelos. México.  (Leído 3745 veces)
Ludivina Garcia
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« : Diciembre 12, 2008, 04:29:00 »

Prueba de la condición de exiliado.
Documentos 
tipo a) Documentación que acredite haber sido beneficiario de las pensiones otorgadas por la Administración española a los exiliados que prueba directamente y por sí sola el exilio.
Si los abuelos fueron funcionarios, militares profesionales o del Ejército de la República, viudas o huérfanos de guerra, y sobrevivieron a los años de la nefasta dictadura pudieron solicitar alguna de las pensiones llamadas de Clases Pasivas del Estado.
Se puede entonces  consultar en la Embajada de España en México, si existe su expediente, o bien preguntar en Clases.Pasivas@sgpg.meh.es>
tipo c) Certificaciones o informes expedidos por partidos políticos, sindicatos o cualesquiera otras entidades o instituciones, públicas o privadas, debidamente reconocidas por las autoridades españolas o del Estado de acogida de los exiliados, que estén relacionadas con el exilio,
Solicitar:
1. ficha de entrada de los abuelos a México, donde se especifica la fecha de llegada y el carácter de refugiado. Instituto Nacional de Migración, Ejercito Nacional 862. México D.F. Este trámite lo tiene que hacer un familiar. Hay que dar el nombre de los abuelos y la fecha de entrada a México.
Es necesario acreditar la personalidad y parentesco mediante acta de nacimiento e identificación oficiadel interesado, las de su padre, acta de defunción del abuelo, originales y copia para su cotejo. Se debe llenar una solicitud de trámite migratorio y presentarla en estas oficinas, en un horario de recepción es de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas. Dirigirse a:
LIC. JORGE TORRES MORENO.
SUBDIRECTOR DE ARCHIVO MIGRATORIO.
jtorres@inami.gob.mx
Homero No. 1832 Piso 14, Colonia Los Morales Polanco,
Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11510, México, D.F.
Tel. 01 (55) 5387-2400 Ext. 18417, fax 18416.
Informaciones similares se encontrarán en:
2. Registro de extranjeros ingresados en México.
Archivo General de la Nación Mexicana
Centro de Referencias
Responsable del servicio: Erika Ivette Gutiérrez Mosqueda
Teléfono: 51339900 exts. 19355, 19356 y 19359
Fax: 57 89 52 96
Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:45 hrs.
e-mail: eigutierrezm@segob.gob.mx

5. Archivo del Comité Técnico de Ayuda a los Refugiados Españoles (CTARE-SERE). Se encuentra en la bibliotecael Instituto Nacional de Antropología e Historia de México D.F. Solicitarnos consulta base de datos. asociacion_exiliados@yahoo.es

6. Archivo de la Junta de Ayuda a los Refugiados Españoles (JARE) en el Archivo del Ministerio de Asuntos Exteriores en Madrid (España). Solicitarnos consulta base de datos.

Además hay que aportar algún tipo de los documentos siguientes:
Nota: Parte de los archivos del Consulado de la República en el Exilio fueron entregados en 1977-78 al estado español y se encuentran en la actual Embajada y/o Consulado. Se puede solicitar una búsqueda en los ficheros del archivo:
1. Pasaporte o título de viaje con sello de entrada en el país de acogida.
2. Certificación del Registro de Matrícula del Consulado español.
3. Certificaciones del Registro Civil Consular que acrediten la residencia en el país de acogida, tales como inscripción de matrimonio, inscripciones de nacimiento de hijos, inscripciones de defunción, entre otras.
4. Certificación del Registro Civil local del país de acogida que acredite haber adquirido la nacionalidad de dicho país.
 Las cartas de naturalizacion se encuentran en la Secretaría de Relaciones Exteriores en la Plaza de Tlatelolco. México D.F.
5. Documentación de la época del país de acogida en la que conste el año de la llegada a dicho país o la llegada al mismo por cualquier medio de transporte.
En el Archivo del SERE en el INAH y de la JARE en  Madrid, antes citados, existen algunos listados de las expediciones colectivas llegadas a México.
Para quienes llegaron indicidualmente o en grupos en barcos vía Nueva York los interesados se pueden dirigir a:
Indice de Barcos y pasajeros llegados desde Europa a Nueva York entre 1906-1957
http://exiliados.org/paginas/Conservar_memoria/Barcos vía Nueva York.html
(Passenger and Crew Lists of Vessels Arriving at New York, New York, 1897-1957)
Book Indexes to New York Passenger Lists, 1906-1942. T612. 807 rolls.
Records of the Immigration and Naturalization Service;
National Archives and Records Administration
700 Pennsylvania Avenue, NW
Washington, DC 20408-0001
Customer Service Center: Research Center
inquire@nara.gov
202-357-5000/866-325-7208
GIL 67, Research in the Land Entry Files of the General Land Office
www.archives.gov/publications/general-info-leaflets/67.html.
Solicitar microfilms: https://eservices.archives.gov/orderonline/start.swe?SWECmd=GotoView&SWEScreen=GPEA+Microfilm+MIF&SWEView=GPEA+Microfilm+Landing+Page+View+MIF

Búsqueda de pasajeros en la página de The Statue of Liberty-Ellis Island Foundation (lugar donde se hacía el control inmigratorio y sanitario)
Sólo tienen en línea las listas de pasajeros hasta 1924, pero si se tiene información del barco en que viajaron, se puede buscar en el listado de microfilms y solicitar su adquisición. http://www.ellisisland.org/default.asp
historycenter@ellisisland.org
The Statue of Liberty-Ellis Island Foundation, Inc.
Attention: History Center
17 Battery Place #210
New York, NY 10004-3507
(212) 561-4588
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« Respuesta #1 : Diciembre 13, 2008, 01:23:49 »

Buen día:
¿como se puede solicitar la busqueda de archivos o ficheros en el archivo de la republica que guarda el consulado Español en México? He buscado en su página web pero no encuentro ninguna información al respecto.
Gracias
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Ludivina Garcia
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« Respuesta #2 : Diciembre 13, 2008, 01:42:38 »

Nos enteramos de la existencia de esos archivos en el Consulado de España en México, gracias a una respuesta parlamentaria que te adjunto. No hemos tenido la posibilidad de ver exactamente lo que tienen. Por eso recomendamos que Vamos a subir a la página web www.exiliados.org, con enlace desde la página de entrada una clasificación de documentos.
184/058984

(184) Pregunta escrita Congreso.
AUTOR: García Arias, Ludivina (GS).
Asunto: Proceso seguido por la Administración española para la recepción de los Archivos Consulares de la II República en la ciudad de México.
Respuesta:
Con fecha de 31 de julio de 1978 se concretó la recepción del archivo histórico de la Embajada de España en México para su posterior transferencia al Archivo General de la Administración en Alcalá de Henares, en virtud de las disposiciones legales vigentes que establecían el envío sistemático a ese archivo de todos los expedientes de más de 25 años. En total fueron 130 cajas conteniendo diversa documentación.
De conformidad con lo establecido en la legislación en materia de Registro Civil, permanecieron, y permanecen en México, todos los libros y legajos del Registro Civil Consular correspondientes a los años 1885 a 1975, año en que se interrumpió la actividad consular en la Embajada de la República.
Asimismo, en el Consulado General de México permanecen 37 archiveros pequeños, procedentes de la Embajada y Consulado de la República, que contienen fichas del Registro de Matrícula de españoles y del Registro de naturalizados mexicanos.
Los archivos citados en el punto 1 fueron enviados a España en noviembre de 1978 en un contenedor de 13.910 kgs. de peso.
De acuerdo con el informe del Archivo General de la Administración, relativo a la documentación procedente de la Embajada y Consulado en México, se señala lo siguiente:

1. La documentación que se conserva en el Archivo General de la Administración relativa al Servicio Exterior en México ingresó mediante dos transferencias efectuadas desde el Archivo Central del Ministerio de Asuntos Exteriores.
- La primera de fecha 2 de enero de 1979 (núm. 379 del Registro General de Entrada de Fondos).
- La segunda de fecha 18 de noviembre de 1981 (núm. 581 del Registro General de Entrada de Fondos).
2. Para el manejo de esta documentación, el Archivo General de la Administración dispone de los
siguientes instrumentos de descripción:
- IDD (10) 61: Embajada de España en México.
- IDD (10).5.00: Consulado de España en México. Libros.
- IDD 60: Consulado de España en México.
- IDD (10).5: Consulados y viceconsulados en otras ciudades de México.
3. De acuerdo con estos instrumentos de descripción, la mayor parte de la documentación es de la etapa anterior a la Guerra Civil. De la etapa posterior a 1939 y hasta 1977 se conserva, entre la documentación consular:
- Libros registro de pasaportes (1946-1977).
- Documentación relativa a nacimientos, defunciones y matrimonios de los años 40 y primeros de los 50, principalmente certificaciones.
Se adjunta en anexo fotocopia de las páginas de los IDD donde figuran asientos posteriores a 1939.
4. La información general sobre los fondos custodiados en el Archivo General de la Administración se difunde a través de los medios comunes y, actualmente está disponible en la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Los instrumentos de descripción están a disposición de todos los interesados en la sala de lectura del citado centro.
Madrid, 12 de agosto de 2003.-El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes.
Nota: La documentación que se acompaña se encuentra en la Secretaría General de la Cámara.


CONGRESO 12 DE SEPTIEMBRE DE 2003.-SERIE D. NÚM. 582
« Última modificación: Diciembre 21, 2008, 03:29:11 por Ludivina Garcia » En línea
Ludivina Garcia
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« Respuesta #3 : Diciembre 21, 2008, 01:42:51 »

Carta enviada el 21 de diciembre a la Dirección del Registro y del Notariado y a la Secretaría General de Asuntos Consulares solicitando aclaración sobre los criterios para demostrar el exilio de los abuelos,as

Estimados,as señores,as
Tenemos las siguientes preguntas sobre los criterios de los documentos y certificados para demostrar el exilio de los abuelos,as de los nietos que podrán acogerse a la Disposición referente a la nacionalidad en la denominada Ley de Memoria y en la Instrucción consular:

1.¿Nos podrían aclarar los criterios establecidos en la reunión que tuvo la Subdirección de Nacionalidad con el Subdirector de Archivos estatales del Ministerio de Cultura y con el de Asuntos Jurídicos Consulares para unificar criterios sobre los certificados del exilio?
Preguntas concretas:
2.¿Han pensado alguna forma legal (compulsa y autentificación) para que los documentos originales que han conservado las familias durante tantas décadas puedan servir como documentos probatorios del exilio? Sinceramente pensamos que es muy difícil mandar documentos antiguos para que alguna institución diga que son verdaderos.  El propio cónsul o algún entendido que apoye en los Consulados o lugares de recepción de documentos debería ser capaz de percatarse de la antigüedad de los mismos.  ¿Quien puede en este momento certificar si las inscripciones, pasaportes, cartas, autorizaciones de traslado, etc. etc. de la República son auténticos o cualquier otro documento que las familias guardaron como único patrimonio de su vida en España?  Habría que tener presente que salieron corriendo por los Pirineos, entre la nieve, con la aviación bombardeando. Si es una Ley de Memoria Histórica, ambas palabras pierden sentido a la hora de pedir los documentos.
3.¿Han decidido que tipo de sello tienen que llevar los documentos de  los archivos españoles para que la gente los empiece a solicitar?
4. ¿Qué criterios tendrán con los documentos procedentes de archivos extranjeros?
5. Pedimos que para que los numerosos nietos mexicanos que residen (empadronados) en España y que solicitan fotocopia del fondo microfilmado de emigrantes españoles, procedente del Archivo General de la Nación de México, depositado en el Archivo General de la Administración (AGA), se acepten cómo válidas la fotocopia y la constancia de los documentos microfilmados, sin que tengan que recurrir a la certificación del Archivo General de la Nación de México porque resultaría un trámite complicado y muy costoso.
6. ¿Deberán apostillar los documentos procedentes de archivos extranjeros? Este criterio nos parece complicadísimo y muy costoso para los solicitantes y pensamos que no debería existir.
7. En el caso de México, de donde procederá un número importante de solicitantes, tenemos información de que muchos nietos están solicitando:
a) certificación sobre el ingreso como asilados de sus abuelos en el país en el Instituto Nacional de Inmigración.
b) certificación sobre el ingreso como asilados de sus abuelos en el país en el Archivo General de la Nación.
En estos dos casos, atendiendo seguramente a la legislación de protección de datos, se les exige la demostración de que son descendientes de las personas (certificado de nacimiento) y una carta poder de sus padres (hijos de los exiliados). Estos trámites se cobran en México.
c) certificación del Archivo de la Secretaría de Asuntos Exteriores para demostrar el hecho y la fecha de nacionalización de sus abuelos.
d) documentos del Servicio de Evacuación de Refugiados de Españoles (SERE)  establecido por el Gobierno de Don Juan Negrín. Estos fondos históricos españoles fueron donados al Estado mexicano y se encuentran en el Instituto Nacional de Antropología e Historia. El INAH no certifica. Sólo sella los documentos.
A nuestro juicio, se debería dar instrucciones al Consulado de España en México para que no exija apostillamiento o legalización y admita como válidos los documentos procedentes de estos archivos y, en el caso del fondo del SERE acepte simplemente el sello del Archivo del INAH.
8. Numerosos nietos en Francia recurrirán a los archivos departamentales y los del OFPRA - Office Français de Protection des Réfugiés et Apatrides. Solicitamos los mismos criterios anteriores respecto a la no necesidad de legalización.
9. En el caso de la Instrucción, en el Anexo II,  y en consulados como el de Guadalajara, México, a modo de ejemplo, se piden los siguientes documentos:
Certificación de Registro del Consulado General español
Certificación del Registro Civil Consular que acredite la residencia del país de acogida, tales como inscripciones de matrimonio, de nacimiento de hijos.
Certificación de Registro de Matrícula del Consulado español.
Al solicitar estos documentos, ¿no se detienen en pensar que la disposición sobre la nacionalidad se encuentra, justamente, en el texto de la "Ley de Memoria Histórica"? ¿Hay que recordar de nuevo que los refugiados políticos españoles no solían acercarse a la Representación oficiosa franquista correspondiente, en el caso de México, y también que, en este país, no tenía ningún sentido que lo hicieran los naturalizados mexicanos puesto que no había relaciones diplomáticas con el régimen franquista? Pensamos que una forma de "reparación" a las víctimas sería que los documentos aportados puedan ser los que, en su caso, expedía el Consulado del Gobierno de la República. Asimismo que, al igual que en la actualidad, los españoles conservamos pasaportes y documentos de la administración para presentarlos como prueba en diversos trámites, esos documentos tengan el mismo poder probatorio.
Reciban un saludo muy cordial,
Carmen Ruiz Sañudo
Ludivina García Arias
« Última modificación: Diciembre 22, 2008, 06:49:40 por Ludivina Garcia » En línea
andrea
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« Respuesta #4 : Febrero 09, 2009, 09:17:18 »

Dado un ultimo mensaje de Pedro Andrés, como siempre dando una mano, me animo a colocar mi experiencia para aquellos cuyos abuelos  llegaron a México siendo pequeños, pues se puede demostrar el exilio, buscando el nombre de los padres de ese niño (nuestro abuelo), ya que los menores entraban al país dependiendo del cabeza de familia. Este es el caso de un tio mio, que llegó a mexico a los seis años, con lo cual detallo donde aparece, por si le sirve a alguien cuyo abuelo llegara siendo pequeño:

a) En la ficha de ingreso del AGN del padre o cabeza de familia, existe una hoja al final en donde se constaba a los menores de edad. Se establece que al mayor lo acompaña un hijo menor de edad estableciendo su edad. por ello, si el abuelo es menor de edad se debe de buscar siempre también, por el nombre de los padres en los archivos.

b) En el archivo del JARE ( Ministerio exterior) Y SERE (INAH) se debe también buscar por el nombre de los padres o tutores y ahi aparecerá muy probablemente el nombre del hijo, ya sea por recibir alguna ayuda economica que se da a nombre del menor, o por ejemplo en el caso del Arhcivo SERE - CTARE, el cabeza de familia detallaba a los miembros de su familia que quedan inscritos en su expediente, por supuesto, los menores de edad.

Buscar tambien en los ficheros, incluso de hermanos mayores pues en los ficheros se incluian el nombre de la persona, y sus familiares emigrados a México con las edades, incluyendo claro, los hermnos menores.

Estas fichas pueden ser importantes si una familia emigro, pues a veces, existen errores de nombres, que puede, aunque no necesariamente, complicar a ojos del funcionario la solicitud. Como los datos de filiacion, edad, lugar de nacimiento, se repiten en muchos documentos, esto puede ayudar a establecer, a pesar de cualquier posible error ortográfico,la identidad de una persona, además de aportar más datos sobre el exilio de nuestros familiares.

Un dato importante son los llamados LOS COLEGIOS DEL EXILIO. Los hijos menores de edad, asistieron a estos colegios en mexico (Cervates, Luis Vives, etc) estos colegios recibian dinero del JARE y SERE por cada uno de los hijos de los exiliados. Asi por ejemplo, encontre en el archivo correspondiente al Colegio Cervantes, varios documentos de mi tio, en donde queda constancia de ser un niño exiliado y que recibe educación en este colegio por cuyo "costo" el JARE otorga dinero. Los colegios remitian a las oficinas de exiliados reportes sobre la permanencia de su alumnado exiliado. Asi que tambien, se pude buscar en estos registros referentes a los Colegios fundados, pues en sus listas pueden aparecer los nombres de nuestros abuelos.

A veces hay que buscar imaginación, pero seguro que algo siempre se encuentra.

Un Saludo,
Andrea



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NietoPedroAndres
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« Respuesta #5 : Febrero 09, 2009, 10:38:30 »

Estimada Andrea,
Tenemos un Compromiso Adquirido todos los Descendientes,
Nos estan Reconociendo la Nacionalidad Española de Origen.
 
Si no nos Ayudamos entre nosotros, pues quien entonces?Huh
A parte del Compromiso como Mexicanos, y tu eres una Mexicana que se brinda,
nos regalas con tus comentarios informacion Valiosa, un punto de vista muy analitico.

Completando con enlaces del foro...


A) Ficha de ingreso en Archivo General Nacion(A.G.N.) Mexico (Lecumberri)
http://exiliados.org/foro/index.php?topic=95.0
Contacten con Dna. Erika Ivette Gutiérrez Mosqueda, nos brinda Atencion Amable.

Ficha de ingreso en Archivo General de la Administracion,
la misma informacion que en A.G.N., pero en Alcala de Henares.
http://exiliados.org/foro/index.php?topic=279.0

B)
Archivo SERE en INAH
http://exiliados.org/foro/index.php?topic=289.0
Archivo JARE en Maec.es
http://exiliados.org/foro/index.php?topic=288.0

Un Abrazo desde Guadalajara

« Última modificación: Febrero 09, 2009, 10:40:59 por NietoPedroAndres » En línea

Soy Nieto de Don Pedro Andrés Rodenas,
Hijo de Don Manuel Andrés Gonzalez y Doña Maria Rodenas Rodriguez.
Originario de Pozocañada Albacete.
Su juventud la vivio en Murcia.
Silvana
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« Respuesta #6 : Febrero 10, 2009, 12:11:29 »

Hola a todos,

Retomando la pregunta de "Pages", yo fuí al Consulado de España en la Ciudad de México, y pregunté cómo se podían accesar a estos archivos (los de la Embajada de la República Española en México que pasaron a manos del actual Consulado) y me dijeron que no se tenía acceso a esos archivos... (y aquí voy a hacer un paréntesis relacionado un poco con lo que comenta amablemente Pedro Andrés sobre en la forma en que tratemos a la gente obtendremos una respuesta, y es que cuando le pregunté esto, la señorita me puso una cara como si estuviera yo diciendo una infamia.  Obviamente, yo no dije nada al respecto, únicamente dí las gracias amablemente.  Pero quisiera aclarar que creo que todos estamos conscientes que el trato que obtenemos de estos funcionarios no siempre es el más adecuado a la forma en la que nosotros nos dirigimos a ellos.  Pero bueno, no está uno para reaccionar de la misma manera, tendrá uno que mantenerse al margen).

Ojalá alguien pudiera compartirnos si ha ido al Consulado solicitando este tipo de acceso y cuáles han sido los comentarios.  Esto nos ayudaría a saber si alguien efectivamente ya logró accesar a esta información.  Nosotros en la familia tenemos una carta que expidió el Sr. Bassols a mi abuelo en 1947, haciendo constar su condición de refugiado político en México, y debería existir una copia al carbón de esa carta en el Consulado actual, pero simplemente no dan acceso.

Un saludo a todos,

Silvana
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« Respuesta #7 : Febrero 10, 2009, 12:25:19 »

Perdón... la carta está firmada por el Sr. Luis Nicolau d'Olwer, el Embajador de la República Española en esa época... no Bassols.

Un abrazo a todos y gracias de nuevo por sus comentarios y por este espacio para, como dice Pedro Andrés, poder ayudarnos entre todos.

Silvana
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Ludivina Garcia
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« Respuesta #8 : Febrero 11, 2009, 11:23:42 »

Querida Silvana,
Te agradezco mucho que, al menos tu, hayas planteado en el Consulado este tema.
Me podrías decir, en un mensaje personal la fecha exacta en que fuiste al Consulado y te dieron esa información, y si lo crees conveniente tu nombre y apellidos. Vamos a escribirle al Cónsul, adjuntándole la respuesta parlamentaria, para preguntarle cuáles son las condiciones de acceso o de consulta. Necesitaríamos justificar que se impidió a una persona el acceso a la información. ¿Llegaste a preguntarle a quien te atendió si te podían informar si tus familiares constaban allí inscritos?
Recomiendo a quienes se acerquen que impriman y lleven la respuesta parlamentaria.
Yo vivo en Madrid y no he tenido por tanto la posibilidad de interesarme directamente por sus contenidos.
Como se dice en la respuesta, parte de esos archivos consulares fueron enviados al Ministerio de Asuntos Exteriores y se encuentran en el Archivo General de la Administración en Alcalá de Henares. Sus fondos están abiertos a la consulta del público. De hecho los pude consultar hará cuatro años. Busqué infructuosamente el Libro de registros.
El estado de las carpetas estaba un tanto desordenado, pero encontré numerosos  pasaportes y Certificaciones de nacimiento.
Posteriormente, en una visita, por las mismas fechas, al Archivo de la República en el Exilio, que existe en la Fundación Universitaria Española en Madrid revisé una carpeta llamada "Certificaciones de nacimiento, matrimonio y defunción trasladados por el Consúl General de la república Española en México al Ministerio", y copié muchos de ellos. Desgraciadamente no pude terminar de hacerlo. Esto quiere decir que desde México, cumpliendo los arts. 24 y 58 de la "Ley provisional del registro Civil" se hacía traslado al Gobierno en el exilio, con sede en París.
No podemos hacer públicos en la red esos nombres, como digo incompletos, porque estaríamos infringiendo la Ley de Protección de Datos, pero se los enviaré, respetuosamente, al Cónsul para que sepa que sabemos, que sabeis quienes leais este mensaje, que pueden existir "Registros de matrícula en el Consulado", que podrían ser muy importantes para los solicitantes de la nacionalidad. Justamente ese es uno de los tipos de documento que menciona la Instrucción, aunque sólo piensa en los "Registros de matrícula en los Consulados de España", del régimen franquista.
Se da la paradoja de que en aquella época la oficina del régimen (en cierta época, dependiente de la Embajada española en Costa Rica, no tenía estatus legal en México, y el Consulado de la República sí.
« Última modificación: Febrero 11, 2009, 11:35:14 por Ludivina Garcia » En línea
Silvana
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« Respuesta #9 : Febrero 12, 2009, 12:11:31 »

Hola Ludivina,

Muchas gracias por tu respuesta.  Con mucho gusto.  No sé si me pudieras indicar cómo te envío un mensaje privado; a simple vista, no supe cómo enviártelo.  Voy a intentarlo haciendo click (se me está ocurriendo justo ahorita) en tu nombre, cuando termine de enviar este mensaje.  Si no recibiste un mensaje privado es que no supe hacerlo; ojalá, si no te implica mucho tiempo, pudieras indicarme cómo hacerlo.

Muchas gracias y saludos,

Silvana
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lorenza
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« Respuesta #10 : Febrero 17, 2009, 09:28:50 »


Perdonen mi ignorancia, pero como el Consulado de España en el D.F. está poniendo tanto énfasis en que el exiliado haya llegado apartir de 1936, me permito preguntar lo siguiente:

Tengo un documento que señala que Mi abuelo fue miembro de las Fuerzas Armadas al servicio de la II República Española durante la Guerra Civil 1936-1939.

¿Es prueba suficiente de que mi abuelo llego a México después de 1939? ¿Significa que mi abuelo estuvo en España del 36 al 39, y fue hasta después que llegó a México? ¿O pudo haber prestado sus servicios desde México? Necesito argumentos para mi cita en el Consulado!! Muchas gracias.
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andrea
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« Respuesta #11 : Febrero 17, 2009, 11:06:40 »

Lorenza:
La intruccion hace constar que necesitas documentacion en que conste la llegada al país, como prueba de la expatriacon. Si bien la documentacion que tienes explica el exilio de tu abuelo ( las razones por las cuales tuvo que salir y no podia volver, con peligro de ser, por ejemplo, encarcelado), necesitaras algún documento que prueba su llegada al país en las fechas de la instrucción o al menos salida de España, pues si no muy probablemente te pongan pegas, como tu lo dices, aunque supongo que tendras el certtificado de matrimonio y el acta de nacimiento de tu padre o madre que pruebe que ya estaba en México en esos años, ademas del certificado de naturalización ( estos papeles por si solos tampocod emuestran el exilio a menos que se acompañen por otros) ¿Has buscado ya en el archivo General de la Nacion o escrito al Archivo de la Administracion en Alcala de Henares? Seguro que puedes encontrar ahi la ficha de ingreso de tu abuelo a México, dando el nombre de tu abuelo, podria aparecer si emigro en alguno de los barcos del exilio e incluso si entro como asilado politico al país con la cual demostrarias,no solo la fecha de ingreso, sino también la persecución política que sufrió.  Si deseas puedes mandar un correo a la asociación donde te diran si  aparece su nombre en el archivo JARE O CTARE. Ademas de que, si aparece documentación en estos archivos sobre tu abuelo, que también es mencionada en la instrucción como prueba de exilio, en el archivo CTARE que se encuentra en la Biblioteca del Instituto nacional de Antropologia e Historia, se guarbada una copia de la forma F1 de ingreso de nuestros abuelos.
Tambien se puede pedir el expediente migratorio de tu abuelo a la SRE o INM ( puedes ver los datos en el panel de informacion para nietos) Se sin embargo que estan tardando ya varios meses en responder si aparece o no expediente.
Si te urge mucho por la fecha de la cita, te aconsejo vayas al AGN y a  la Bilioteca del INAH.
Un Saludo
Andrea

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danielmp
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« Respuesta #12 : Marzo 02, 2009, 10:21:07 »

Hola, soy nuevo en el foro y espero que me puedan ayudar.

Yo voy a aplicar en La Habana, Cuba, por el anexo 2, como nieto de exiliada, ya que mi abuela nació en España en 1933 y vino a Cuba entre el 40 y el 43. Pero la gran traba es que no se registró ni en el Consulado de España, ni en otra parte, solo el padre(mi bisabuelo) la inscribió en el registro civil cubano en 1943 (como que había nacido en Cuba).

En la izquierda de la partida de nacimiento de mi abuela del registro civil de su lugar de nacimiento en España aparece una nota de mayo del 39 donde se le impone otro nombre porque el suyo no era cristiano. En Cuba se inscribió en el registro civil cubano con el nombre que le pusieron sus padres.

Mi duda es si no me serviría esa nota en la partida de nacimiento para demostrar que en mayo del 39 estaba en España y en el 43 estaba en Cuba? lo cual demostraría que vino entre el 39 y el 43.

Gracias de antemano

daniel
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Ludivina Garcia
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« Respuesta #13 : Marzo 02, 2009, 12:32:24 »

Hola Daniel,
No creo que te lo admitan como única prueba porque eso lo hacían "de oficio" y por instrucciones oficiales en los registros civiles de toda España, no porque ella estuviera todavía en España o en Cuba.
Órdenes sobre los nombres extravagantes, impropios de personas, irreverentes o subversivos  de 12 de agosto y de 22 de septiembre de 1938 y de 8 de marzo de 1939 sobre asientos en zona roja. Muchos refugiados se enteraron de que les habían cambiado el nombre cuando regresaron muchos años después a España.
Si en el acta del registro español y en el cubano coinciden los nombres de los dos padres y su lugar de origen y en el acta cubana se dice su edad real podría ser.  Si dice llanamente que se inscribe una niña podrían argumentar que en muchos casos se registraban niños con el mismo nombre de hermanos ya fallecidos.
¿Qué otros documentos tienes? Debes de buscar por el nombre de tu bisabuelo también porque estas omisiones de registros son comunes en los casos de menores de edad ¿Has descartado que antes de llegar a Cuba como refugiados hubieran llegado previamente a la República Dominicana? Fue el primer destino de varios miles de refugiados entre 1939 y 1942.
http://exiliados.org/foro/index.php?topic=162.msg239#msg239
Ludivina
« Última modificación: Marzo 02, 2009, 01:41:31 por Ludivina Garcia » En línea
Victor Moran
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« Respuesta #14 : Octubre 08, 2011, 01:27:23 »

Anexo este mensage que escribi en el que estoy llevando mi caso para poder difundir mejor la informacion.

Hola a todos,
Les comento que hemos adquirido los los Archivos certificados necesarios para probar la residencia de mi abuelo en Mexico y el dia Martes me llegan a Los Angeles, para que el dia Miercoles entregue la documentacion completa que me fue requerida y si Dios quiere, mi aprobacion.

Se requiere llevar para su solicitud:
Acta de Nacimiento del Abuelo o Abuela del Interesado. (original)
Acta de Nacimiento del Padre del Interesado. (original)
Acta de Nacimiento del Interesado ( original)
Credencial oficial del Interesado con fotografia. (IFE, Pasaporte, etc.)
Todos los documentos, con una copia fotostatica.
La copia certificada de cada hoja del expediente tiene un costo de 14 pesos M.N. y se le pide al interesado que la pague en un banco especifico que la misma oficina le indicara. Es importante decir que dependiendo de la cantidad de hojas archivadas, se cobrara. Existen expedientes de 1000 hojas y otras de solo 4 hojas, dependiendo del caso.
No se requiere cita, segun entendi, por lo que sugiero llamar antes de asistir.
Se le entregara el expediente en una semana.
Parece ser un tramite muy sencillo, comparado con la de otros documentos.

SUBDIRECTOR DE ARCHIVO MIGRATORIO.
jtorres@inami.gob.mx
Homero No. 1832 Piso 14, Colonia Los Morales Polanco,
Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11510, México, D.F.
Tel. 01 (55) 5387-2400 Ext. 18417, fax 18416.
Anexare esta misma informacion en otro hilo, para a quien le pueda servir.
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