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Ludivina García Arias.
 
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Autor Tema: Anexo I con Fe de Bautismo del abuelo.  (Leído 3498 veces)
Juan C. Muñoz
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« : Septiembre 29, 2011, 01:32:42 »

¡Hola a todos! Hace tiempo estuve recibiendo su ayuda a través del foro, resumo mi caso:
Mi padre, hijo de exiliados que nunca perdieron la nacionalidad, obtuvo su nacionalidad española por "opción" en 2004 de conformidad con el Art. 21.1 b) del C.c.; como sólo teníamos documentos de mi abuela y absolutamente ningún papel de mi abuelo, no tuvo otra opción (este año ya ha optado por el Anexo III, le han aceptado el trámite y está en espera).
Para mí entonces era imposible tramitar por la Ley de Memoria Histórica, ya que por el Anexo I la mujer no transmite la nacionalidad y por el Anexo II, a pesar de tener numerosas pruebas de exilio, no cumplía con la condición de que ella hubiera perdido la nacionalidad española.
Se me recomendó entonces buscar el Certificado de mi abuelo, cosa que no he logrado ya que en el Registro Civil de su pueblo no lo han localizado y sólo tengo Certificaciones Negativas; sin embargo ya tengo su fe de Bautismo que fue la otra opción que ustedes me sugirieron.
Mi pregunta entonces es si ya con esto tengo suficiente para optar por el Anexo I: tengo la fe de bautismo de mi abuelo acompañada de una certificación negativa del registro civil (con búsqueda en las fechas precisas de su nacimiento), el Certificado de Nacimiento de mi padre (español y mexicano) que indica que sus padres -ambos- eran españoles en el momento de su nacimiento (y su tramite por el Anexo III), y por supuesto mi Certificado de Nacimiento. ¿Necesito algo más?
Tengo cita en el mes de diciembre y quiero tenero todo listo lo más pronto posible.
¡Muchas gracias a todos!
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bitito
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« Respuesta #1 : Septiembre 30, 2011, 06:20:03 »

Muchas felicidades, ya tienes todos los documentos básicos para tu trámite.

Tengo una duda, pero no es limitante para tu caso, dices en tu mensaje:
Citar
Certificado de Nacimiento de mi padre (español y mexicano) que indica que sus padres -ambos- eran españoles en el momento de su nacimiento
quieres decir que en su acta mexicana dice que su padre y su madre tienen la nacionalidad española cuando él nació y ¿también en su acta española?, me parece raro que le hubieran puesto que su padre era español cuando él nació y le dieran la nacionalidad por opción, ya que si así fuera el caso y ser su padre emigrante le hubiera correspondido la recuperación de la nacionalidad.

No se que tan común sea que se presente a optar una persona que tiene acta española de opción del padre. Normalmente las actas españolas de los padres que se presenta, son de recuperación. No tengo información si eso te puede causar el que te soliciten otro documento. Recordemos que hay consulados con mucho trabajo y los funcionarios de ventanilla no le dedican tiempo al solicitante para oír sus explicaciones.

Yo te recomendaría que llevaras apostillada el acta mexicana de tu padre, donde indica que ambos padres son españoles. Si el acta española, aún cuando es de opción, también lo indica, no veo que tengas problemas, salvo la extrañeza del que te lo recibe (si es que es algo fuera de lo común).

Si quisieras amarrar mucho más tu caso (no es necesario), puedes acercarte a la SRE con la información de tu abuelo, original y copia de su acta de nacimiento, lo mismo de tu padre y tuya, pasaporte tuyo y copia para solicitar información sobre la naturalización de tu abuelo. Si nunca se naturalizó mexicano te deben dar una respuesta en esa dirección.

Bueno, como siempre escribí mucho. En resumen para tu pregunta original:
- negativa del RC y fe de bautismo de tu abuelo es suficiente, al igual que los demás documentos.
- te recomiendo apostilles las actas de nacimiento (de tu padre y tuya)
- debes llevar el resguardo de tu cita, los documentos antes mencionados, tal vez te pidan acta de matrimonio de tus padres, acta de nacimiento de tu madre, acta de defunción de lo que corresponda, identificación oficial vigente tuya con copia, formato Anexo I en duplicado, formato Anexo IV y formato Registro Consular de Nacimientos que los puedes conseguir en:
http://www.obtenlanacionalidad.com/formatos.html
- recomiendo llevar copia de todo, así quedarse uno con un archivo de lo entregado con el formato Anexo I sellado de recibido.

Suerte
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Juan C. Muñoz
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« Respuesta #2 : Septiembre 30, 2011, 01:43:25 »

¡Hola! Qué buena noticia me confirmas, bitito, luego de tanto tiempo de buscar parece que por fin aseguré mi trámite.
Efectivamente, tanto en el Acta de Nacimiento mexicana de mi padre como en la española, se indica que ambos padres son de nacionalidad española, ahora mismo tengo en mis manos la que obtuvo a través del Art. 21.1 b) del C.c. en 2004 y el texto indica que "Optó por la nacionalidad española ante el encargado del registro Civil de México... etc."; y en los datos de sus padres se indican sus lugares de nacimiento y ambos con nacionalidad española, a pesar de que mi padre no entregó en ese momento ningún documento de mi abuelo; supongo (porque hay un error en la fecha de nacimiento de mi abuelo que toda la familia solía cometer hasta que encontramos su fe de Bautismo) que el funcionario del Consulado se limitó a poner simplemente los datos que dijo mi padre sin ningún tipo de comprobación. Ya me habían dicho que ésto es extraño, a mí también me lo parece, espero que no haya problema. Él ya hizo su trámite hace unos meses por el Anexo III y no tuvo ningún inconveniente. ¿O sería mejor hacer mi trámite con el Acta mexicana de mi padre?
Por lo pronto iré a la SRE como me sugieres, el problema es que mencionas que tengo que llevar algun documento de mi abuelo, y más allá de su fe de bautismo no tengo ninguno oficial ¿crees que habrá inconveniente?
¡Gracias!
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bitito
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« Respuesta #3 : Septiembre 30, 2011, 01:57:06 »

A título personal y basado en pura experiencia y especulación, lo que yo haría sería:
- presentar acta de mi padre mexicana apostillada

Por ese hecho tu acta española no va a cambiar en lo más mínimo. No porque tu padre en este momento sea español te beneficia, ni te perjudica, ni todo lo contrario  Cheesy tu acta saldrá igual si presentas el documento mexicano apostillado, o el español de tu padre. Mejor llevar el trámite como la mayoría de gente. No te deben requerir documento de la SRE ya que miles de mexicanos presentamos sólo el acta mexicana de nuestro padre/madre en donde se indicaba que su padre tenía la nacionalidad española cuando nacieron.

Si te recomiendo llevar lo demás que te apunté en el mensaje anterior para que inviertas menos tiempo en el consulado. Cualquier duda con el llenado de los formatos lo comentas y aquí lo vemos.

Suerte

Edito: no creo que tengas que ir a la SRE, sólo sería cuestión de asegurar cualquier requerimiento de documentos del consulado, pero no creo que te lo pidan si presentas el acta mexicana de tu papá (reciente) apostillada.
« Última modificación: Septiembre 30, 2011, 02:02:18 por bitito » En línea

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« Respuesta #4 : Septiembre 30, 2011, 06:22:57 »

Perfecto, me queda bastante claro: además del resguardo de cita y los 3 formatos correspondientes al Anexo I, debo llevar mi identificación, mi acta de nacimiento y la de mi padre (recientes y apostilladas), la fe de bautismo de mi abuelo acompañada de la negativa del Registro Civil correspondiente y listo (todo en original y copia). El acta de mi madre, así como su acta de matrimonio y el acta de defunción de mi abuelo entiendo que serían complementarias previendo una petición especial del funcionario.
Me queda una pregunta, si por el Anexo II es necesario comprobar que se perdió la nacionalidad, ¿en el Anexo I es necesario comprobar que NO se perdió? Entiendo por lo que me dice bitito -que el trámite en la SRE para mí sería opcional- que no es así, pero tras tanta información, ¡prefiero estar 100% seguro!
Gracias.
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bitito
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« Respuesta #5 : Septiembre 30, 2011, 10:55:05 »

Me queda una pregunta, si por el Anexo II es necesario comprobar que se perdió la nacionalidad, ¿en el Anexo I es necesario comprobar que NO se perdió? Entiendo por lo que me dice bitito -que el trámite en la SRE para mí sería opcional- que no es así, pero tras tanta información, ¡prefiero estar 100% seguro!
Gracias.
Muy buena pregunta, la instrucción oficial pide que los que no contamos con un acta de registro española de nuestros padres la tenemos que tramitar (registro fuera de plazo) para que nuestro trámite pueda proseguir, pero en México (y varios otros países de América Latina) obviaron el requisito si se presenta acta del país apostillada que indique que nuestro progenitor nació de padre español.

El consulado está en su derecho de solicitarte el documento de la SRE, pero no se de algún caso que lo hayan pedido si el optante presentó acta apostillada del progenitor en donde indique que el abuelo (padre de nuestro progenitor) se identificó como español. Tu duda de "puedo solicitar el documento en la SRE si no tengo acta de mi abuelo", yo creo que sí, pero no tengo experiencia en ello. Me imagino que lo que necesitan es la fecha de nacimiento para no entregar un documento de otra persona que pudiera llamarse igual.

Si haces el trámite en la SRE nos dices que requisitos te ponen y su resultado.

Saludos
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Juan C. Muñoz
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« Respuesta #6 : Octubre 03, 2011, 12:02:50 »

Perfecto, iré en estos días a la SRE y les avisaré cómo fue el trámite, espero no tener problemas.
Una pregunta más, si posteriormente a que se concede la nacionalidad se tienen hijos ¿ellos son españoles también? ¿y sus hijos? ¿Ya no se rompe la cadena aunque sigan naciendo los descendientes en otro país? ¡Gracias!

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Muy buena pregunta, la instrucción oficial pide que los que no contamos con un acta de registro española de nuestros padres la tenemos que tramitar (registro fuera de plazo) para que nuestro trámite pueda proseguir, pero en México (y varios otros países de América Latina) obviaron el requisito si se presenta acta del país apostillada que indique que nuestro progenitor nació de padre español.

El consulado está en su derecho de solicitarte el documento de la SRE, pero no se de algún caso que lo hayan pedido si el optante presentó acta apostillada del progenitor en donde indique que el abuelo (padre de nuestro progenitor) se identificó como español. Tu duda de "puedo solicitar el documento en la SRE si no tengo acta de mi abuelo", yo creo que sí, pero no tengo experiencia en ello. Me imagino que lo que necesitan es la fecha de nacimiento para no entregar un documento de otra persona que pudiera llamarse igual.

Si haces el trámite en la SRE nos dices que requisitos te ponen y su resultado.

Saludos
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« Respuesta #7 : Octubre 03, 2011, 01:14:03 »

Perfecto, iré en estos días a la SRE y les avisaré cómo fue el trámite, espero no tener problemas.
Una pregunta más, si posteriormente a que se concede la nacionalidad se tienen hijos ¿ellos son españoles también? ¿y sus hijos? ¿Ya no se rompe la cadena aunque sigan naciendo los descendientes en otro país? ¡Gracias!
Para los hijos menores de los que obtuvimos la nacionalidad de origen por LMH tendremos que optar por ellos por código civil para que adquieran la nacionalidad no de origen (se le llama de opción, pero que no se confunda con el derecho de optar que nos proporcionó esta ley). Cuando ellos tengan hijos, nacerán españoles de origen.

Los hijos que se tengan después de haber presentado los documentos completos al consulado, nacerán españoles de origen. Los hijos que ellos tengan también nacerán españoles de origen.

Se puede perder la nacionalidad de acuerdo a lo estipulado por el artículo 24 del código civil (y 25 para los que no son de origen). Básicamente se evita la pérdida de la nacionalidad declarando la voluntad de conservarla (al llegar a la mayoría de edad, o después de adquirir otra nacionalidad voluntariamente que no sea de ciertos países, etc) y al ostentarla. Según me han dicho, el tener y mantener el pasaporte español vigente es suficiente para demostrar el uso de la nacionalidad.

Saludos
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ana moran
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« Respuesta #8 : Octubre 04, 2011, 11:30:59 »

Perfecto, me queda bastante claro: además del resguardo de cita y los 3 formatos correspondientes al Anexo I, debo llevar mi identificación, mi acta de nacimiento y la de mi padre (recientes y apostilladas), la fe de bautismo de mi abuelo acompañada de la negativa del Registro Civil correspondiente y listo (todo en original y copia). El acta de mi madre, así como su acta de matrimonio y el acta de defunción de mi abuelo entiendo que serían complementarias previendo una petición especial del funcionario.
Me queda una pregunta, si por el Anexo II es necesario comprobar que se perdió la nacionalidad, ¿en el Anexo I es necesario comprobar que NO se perdió? Entiendo por lo que me dice bitito -que el trámite en la SRE para mí sería opcional- que no es así, pero tras tanta información, ¡prefiero estar 100% seguro!
Gracias.

Juan C. te podria preguntar en donde y como haz obtenido la negativa de registro civil de tu abuelo? necesitamos justamente ese tramite.

Gracias, Ana
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Juan C. Muñoz
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« Respuesta #9 : Octubre 04, 2011, 02:06:06 »

¡Hola! La Certificación Negativa la expide el Registro Civil que corresponda al lugar de nacimiento tras realizar una búsqueda y no haber encontrato el Certificado; al solicitar la búsqueda es importante especificar que en caso de no encontrarla expidan este documento, ya que de lo contrario únicamente comunicaran su no existencia. Aquí hay una página para localizar el Registro Civil:
http://bit.ly/n76Vzt
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Juan C. Muñoz
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« Respuesta #10 : Octubre 12, 2011, 10:27:30 »

¡Hola a todos! Otra(s) duda(s):
Voy a aplicar junto con mi hermana por el Anexo I presentando la fe de bautismo de mi abuelo acompañada por la negativa del Registro Civil correspondiente, entiendo que esos documentos se presentan en original y copia simple. En cuanto al Acta de Nacimiento mexicana de mi padre ¿es necesario apostillar dos para que tanto mi hermana como yo presentemos una cada quien, o con una basta? ¿Qué originales se quedan en el Consulado tras el trámite?
¡Muchas gracias!
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bitito
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« Respuesta #11 : Octubre 12, 2011, 11:46:46 »

Lo único que se debería entregar en original es el acta del interesado apostillada y el acta del progenitor (si no es española) apostillada.

Te recomiendo que lleve cada quien su original apostillado del acta de tu padre.

Sólo se quedan con esos documentos en original, los demás, si los llevas en original y copia, debes indicar que se queden con la copia por la dificultad de obtener el original, la necesidad de los mismos para el trámite de los familiares y la importancia para tener el archivo familiar completo.

Te puedo contar que a mi papá le preguntaron que si se podían quedar con la carta de la SRE donde se indicaba la fecha en que mi abuelo se naturalizó mexicano, llevaba copia pero pidieron quedarse con el original. Al ser sólo un oficio con la fecha y no el documento de naturalización de mi abuelo, mi padre accedió a que se quedaran con el original (esto en Monterrey).

Un primo entregó el original del acta del abuelo, pero no supe si en realidad se la pidieron o si se puso nervioso y entregó esa en lugar de mostrar original y copia. En todos los casos he visto que uno entrega la copia del acta española.

Sólo te pongo las anécdotas como referencia y no como acciones a seguir.

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Juan C. Muñoz
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« Respuesta #12 : Octubre 13, 2011, 11:23:01 »

Perfecto, muchas gracias, bitito, me sigo preparando para mi cita.
¡Después de tanto esperar es mejor llevar algún documento de más!
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Asturiano
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« Respuesta #13 : Octubre 13, 2011, 12:43:17 »

Un primo entregó el original del acta del abuelo, pero no supe si en realidad se la pidieron o si se puso nervioso y entregó esa en lugar de mostrar original y copia. En todos los casos he visto que uno entrega la copia del acta española.
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En el caso de mi familia todos tuvimos que entregar actas españolas en original.

Solo como comentario.

Saludos.
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Juan C. Muñoz
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« Respuesta #14 : Diciembre 15, 2011, 01:45:04 »

¡Hola a todos!
Quería compartirles que ya fue mi cita y me recibieron los documentos.
Hace ya muchos meses empecé a investigar cómo realizar el trámite y fue invaluable la ayuda que recibí a través de este foro, sin su apoyo hubiera sido imposible. Les comparto mi experiencia:
Soy nieto de exiliados españoles -por parte de padre- e hice el trámite por el Anexo I ya que ellos nunca se nacionalizaron mexicanos. Hasta hace muy poco no tenía ninguna información acerca de mi abuelo, así que tuve que investigar sus orígenes hasta localizar su Fe de Bautismo, él nunca se registro así que no existe su Certificado de Nacimiento.
El día de mi cita (en el D.F.) llegué puntualmente y tuve que hacer una breve fila que atendían dos funcionarios, había otra fila para los que van sin cita (no pensé que se pudiera) y una más para los que ya se presentaron antes pero les faltó algún documento. Al llegar mi turno me solicitaron el resguardo de la cita, mi Acta de Nacimiento, la de mi padre (prefirieron la mexicana a la española -como bien me dijo Bitito-, les pareció extraño que a pesar de indicar la nacionalidad por opción, a través del Art. 21.1 b) del C.c., dijera que ambos padres eran españoles), el Acta de Matrimonio de mis padres y copia simple (ni siqiera compulsaron estos documentos) de la Fe de Bautismo de mi abuelo y de la Negativa del Registro Civil correspondiente; luego me pidieron los Formatos I, IV y el registro Consular de Nacimientos debidamente llenos y listo, ¡en menos de diez minutos había terminado el trámite! Únicamente me dieron un pequeño papelito engrapado a una copia del Anexo I (al que pusieron un sello de "Registro de Entrada" y un número de expediente), tiene un folio y una "fecha de entrega".
Supongo que eso debe significar que ha sido aceptado el trámite ¿no? ¿siempre es así? ¿¿ya puedo celebrar??
Y la duda que debe surgir a todos, se obtiene Nacionalidad de Orígen ¿cierto? El Anexo I dice "Modelo de Solicitud de la Nacionalidad Española por Opción"...
¡Gracias a todos los que le han dedicado unos minutos a mis consultas!
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