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Nacionalidad / Chile / Re: necesito ayuda porfavor
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: Noviembre 10, 2009, 04:35:35
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Hola, tómalo con calma y analiza si tu caso cumple los siguientes requisitos. ¿Cuando nació tu mamá tu abuelo mantenía su ciudadanía española? Si la respuesta es sí, tu calificas en el inciso 1, ya que lo que exige es que tu madre "hubiese nacido española de origen" lo cual se cumplió aun naciendo fuera de españa, mientras que su padre era español y mantenía su ciudadanía. Mi caso fue idéntico al tuyo, me esforcé buscanbdo prueba de exilio para calificar por el inciso 2 y resultó que calificaba en el uno y ya mi trámite fue presentado y aceptado como bueno. Saludos, Jorge
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Derechos y programas Ciudadanía en el Exterior / Mayores y dependientes / Copia de Carta enviada al Consul en La Habana
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: Octubre 27, 2009, 04:59:04
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Ciudad de la Habana, 27 de Octubre del 2009
D. Pablo Barrios Almazor. Cónsul General de España en la Habana. Dña. Ludivina García Arias. Presidenta Asociación del Exilio Español. Estimados; El que suscribe, Luis Alen Valeira, ciudadano español, residente en Cuba, de 76 años de edad, impedido físico total producto de un síndrome de Distrofia Muscular Generalizada, me dirijo a ustedes con el fin de suplicarles me brinden ayuda a fin de poder mejorar la crítica situación en que me encuentro; Desde hace 17 años me encuentro recluido en un Hogar para ancianos llamado “Bernarda del Toro” sito en Avenida 1º de Junio Número 14114 entre B y C, Reparto Obrero, Ciudad Habana, donde no tengo las condiciones de vida necesaria de acuerdo a mis condiciones, yo no me puedo mover de la cama en que me encuentro postrado por mi condición física, hay un empleado que me auxilia a bañarme cada dos, tres o cuatro días, a veces no viene y me paso más de una semana sin poder bañarme, tengo ambas piernas inflamadas permanentemente, sin que tenga un tratamiento médico que alivie la situación, eso entre muchas más calamidades que no expondré para no llenar esta carta de quejas, me dirijo a ustedes para solicitarles ayuda, para de ser posible poder retornar a España e ingresar allá en alguna Institución benéfica donde pueda obtener la asistencia debida, para hacer más llevadera y digna mi existencia y poder cerrar mis ojos en España el día que Dios disponga. Adjunto fotos mías en el mencionado ahogar de ancianos, .Agradeciendo de antemano su atención; Muy fraternalmente.
Luis Alen Valeira.
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Derechos y programas Ciudadanía en el Exterior / Mayores y dependientes / Como se pudiera lograr ayudar anciano impedido fisíco
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: Agosto 31, 2009, 01:59:46
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Hola, quisiera saber si existe alguna vía por la cual se pueda tramitar ayuda para un anciano de 70 años impedido físico, ciudadano español, que se encuentra internado en un asilo de ancianos en La Habana, la ayuda interesada consiste en materializar su deseo de retonar a España a una institución similar con mejores posibilidades de hacer tratamientos médicos, ya que su incapacidad es derivada de una enfermedad conocida como Distrofia Muscular.
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Nacionalidad / Una Ley y nacionalidad para (casi) todos / Re: Consulta
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: Agosto 03, 2009, 04:00:08
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Saludos a Pedro Andres, veo que coincidimos conectados en este momento, quisiera que me des la forma de enviar un mensaje a Ludivina, la dirección de email, que aparece en la pagina no funciona, rebota como no existe. Saludos y buena suerte Jorge Puedes escribirme directo al la siguiente dirección, pampin8@gmail.com
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Nacionalidad / Cuba / Re: Consulta
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: Agosto 02, 2009, 02:11:14
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Gracias de nuevo Bibito y Pedro ANDRÉS GUTIÉRREZ, la pregunta que me haces..
si mi madre nace en 1923, siendo mi abuelo español, de hecho el viejo nunca renunció ni perdió su ciudadanía, el vivía en Cuba y en 1936 regresó a España por Cuestiones de Masoneria, a finales de 1937, salió huyendo de España por la persecución que había contra las Logias Masónicas, esa persecución fue ordenada expresamente por el Genral Franco, así las cosas regresa a Cuba y en Febrero del 38 se Registra en el Departamento de Inmigración de Cuba como Ciudadano Español, de lo cual posseo Certificación del ministerio de interior, apostillada, ademas poseo una Certificación expedida Por la Gran Logía Masonica de Cuba donde se acredita que regresó a España en el 36 y volvió a Cuba en a finales del 37.
Un saludo fraternal
Jorge
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Nacionalidad / Una Ley y nacionalidad para (casi) todos / Re: Saludos
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: Agosto 01, 2009, 01:14:21
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Saludos a Bibito y Nieto, gracias por sus orientaciones tan útiles, seguiré luchando con esos trámites, yo tengo ya todos esos documentos, hasta apostillados, y tengo la cita el mes próximo. Apropósito, me preguntas en que quedó el trámite de mi madre,-...Bueno en el año 2000, recibió un oficio del reigstro Civil de Pontevedra, que le fue enviado a traves del Consulado en la Habana, donde le decian que no aparecia la certificación de nacimiento de mi abuelo, . Yo seguí gestionando, en el mismo año, mi hija fue a España, visitó el registro civil de Pontevedra y le dieron un papel donde dice que no aparece inscripto mi abuelo,pocos meses despues mi madre falleció y así se quedó todo, hasta que en el año 2007 una abogada española que designamos, fue nuevamente a ese Registro y por fin apareció la Certificación de nacimiento del abuelo, y con esa Certificación es que estoy preparando mi trámite. Pero la cosa es que mi madre murió siendo Cubana, claro que en su inscripción de nacimiento consta que es hija del ciudadano español. En mi opinión la Ley de M.H en su disposición Septima, no es clara, como tampoco el Reglamento que dicta la Dirección del Notariado, ya que deja muchas lagunas si aclarar en este sentido. Gracias a Todos.
Jorge (Ofun16)
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Nacionalidad / Cuba / Re: Consulta
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: Agosto 01, 2009, 03:18:48
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Estimado, muchas gracias por su atención, pero no queda claro el tema planteado, ya que hablamos del caso donde el sujeto nacido en Cuba,( en este caso mi madre) hija del ciudadano español, falleció sin llegar a concluir el trámite legal de recuperación de su ciudadanía, por tanto, si bien pudieramos asumir que nació siendo "española de origen" no llegó nunca a legalizar esa ciudadanía y por consiguiente murió siendo ciudadana cubana, así que Cómo puede su hijo ( en este caso yo, nieto del español) acceder a su recuperación. Ahora bien, si leemos el texto de la INSTRUCCIÓN de 4 de noviembre de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre el derecho de opción a la nacionalidad española establecido en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, en el ordinal 2.2 señala " Documentación adicional para supuestos del apartado 1 de la Disposición Adicional séptima: Certificación literal de nacimiento del padre o madre originariamente español del solicitante.Esta certificación deberá proceder de un Registro Civil español, ya sea Consular o Municipal. He ahi la incongruencia que aprecio entre La Ley 52 y el reglamento para su aplicación que es esa Instrucción de 4 de Noviembre. Le ruego me den su opinión al respecto, no sin antes agradecerles su atención.
Saludos.
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Nacionalidad / Cuba / Consulta
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: Julio 31, 2009, 01:39:06
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Como quedan los nietos de los españoles emigrados cuyo padre o madre (hijo del español) ha fallecido antes de la promulgación de la Ley 52, sin realizar su trámite de recuperación de nacionalidad española. ¿Tienen derecho estos nietos a la luz de esta nueva Ley?
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Nacionalidad / Una Ley y nacionalidad para (casi) todos / Ampliación de la consulta
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: Julio 29, 2009, 03:06:24
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Además de lo expuesto quiero preguntarles. Mi madre que falleció en el 2001, sin lograr legalizar su ciudadanía española por ser hija del ciudadano español que nunca renunció a su condición, puede ser considerada a la luz de la Disposión séptima como "española de origen" y clasificar entonces yo en el Apartado No. 1 ?
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Nacionalidad / Una Ley y nacionalidad para (casi) todos / Ampliación de la consulta
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: Julio 29, 2009, 02:48:56
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En mi caso concreto, soy nieto de español que llegó a Cuba en el año 1904, más tarde regresó a España en 1936, permaneciendo allá cerca de dos años,teniendo que salir huyendo por ser masón, (que fueron perseguidos por el franquismo) regresando a Cuba en 1938 y consignándose en el registro de extranjeros en Cuba en febrero de 1938, de lo cual tengo la certificación,falleciendo dos meses despues, sin que nunca renunciara a su nacionalidad española. Mi madre (hija de este) falleció en el 2001, mientras corría los trámites de recuperación de la ciudadanía española, no lográndolo por su fallecimiento. Teniendo en cuenta estos elementos quisiera saber si califico o no en esta Ley.
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Nacionalidad / Una Ley y nacionalidad para (casi) todos / Consulta
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: Julio 28, 2009, 12:11:37
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Debo agregar a la consulta anterior, es decir, ¿a que nietos específicamente benefica la Ley M.H ?, tratándode de nietos cuyo padre o madre (hijo del ciudano español) ya hubiese fallecido y lógicamente no puede aspirar a que su padre obtenga la ciudadanía.
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Nacionalidad / Una Ley y nacionalidad para (casi) todos / Consulta
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: Julio 27, 2009, 11:52:39
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Por favor, quisiera saber en el caso del apartado 2 de la Disposición Séptima, (nietos) si los beneficiarios son exclusivamente, 1- los nietos de aquellos españoles que perdieron o renunciaron a la ciudadanía española por causas del exilio entre 1936 al 1955. 2- o de aquellos españoles que salieron de España entre 1936-55 aunque hubiesen mantenido su ciudadanía española hasta su fallecimiento. 3- o todos los niestos de ciudadanos españoles, emigrados por diferentes razones, incluso en fechas anteriores al 1936. Fraternalmente. Jorge
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